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SOBRE JERISPRUDENCIA

  • Consulta : 2335
  • Autor : responsable
  • Publicado : 2011-12-26 16:24 desde la IP: 187.175.203.88
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,464
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    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    hola en noviembre les mande una consulta  la no. 2199 sobre derechos al divorciarme con regimen separacion de bienes me indicaron que si tenia derechos que fuera al dif , fui con una lic. el dif y me dijo que no tenia derechos por el regimen de separacion de bienes que solo lo que mi esposo quisiera darme les mostre la jurisprudencia que llevaba que habla sobre compensacion  de esta el 50% por ciento  y me dijo que aqui en jalisco no procede que ni la conocian que no tiene que darme nada, tenemos de casados 31 años y 13 sin convivir pero si viviendo en la misma casa tres hijos ya mayores, yo trabajo desde hace 13 años que ya no quizo hacerse cargo de nosotros ya que desde ese tiempo ya no aporto para la casa.

    podria informarme si esto es cierto y que  no puedo reclamar nada

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2434

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La figura jurídica de la compensación sólo procede cuando legislación civil del Estado donde se estableció el domicilio conyugal así lo prevea.

    Por otra parte, ésta se da en los casos en que uno de los cónyuges se haya dedicado a las actividades preponderantemente del hogar y sobre los bienes que se hayan adquirido durante el tiempo que duró el matrimonio, pero repito, sólo cuando la legislación estatal así lo prevea.

    Ahora bien, si Usted tiene 13 años separada y Usted ha trabajado, pues no hay nada que Usted tenga que reclamar a su esposo.

    Cuando se separó debió haber reclamado alimentos, pero al no hacerlo y allegarse por sus propios medios de éstos, su esposo no tiene obligación de proporcionarselos.

    Y en consecuencia, al tener ingresos Usted pudo haber formado un patrimonio con sus ingresos y no queda en situación de desventaja alguna...

    Suerte!!



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