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PENSION ALIMENTICIA.... EL EMPLEADOR NO PAGA

  • Consulta : 2294
  • Autor : margarza4
  • Publicado : 2011-12-09 21:21 desde la IP: 69.171.166.36
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,465
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  • Autor
    Consulta

  • margarza4
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Rio Bravo, Tamaulipas.

    Al empleador se le notifico de una pension el 1ro de Dic, y es fecha que no paga nada.

    Cuando debe pagarse la pension, cuando cobre el demandado que es empleado de maquiladora o cuando convenga a la empresa?

    Hay algun tiempo especifico de espera, al parecer quieren dejarle una semana en fondo a mi amiga y no veo el motivo porque ella NO ES LA EMPLEADA. La citaron entre semana para proporcionar informacion bancaria y le dijeron que le hablarian y nada. Que debe hacerse en caso de que no paguen o que paguen incorrectamente en cantidad?

    El tipo tiene mas de 3 meses trabajando y no le habia avisado nada a ella hasta que una amiga lo vio y le dijo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2385

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En el oficio, el Juez debió establecer un plazo a la empresa para que informe sobre el cumplimiento a la orden de descuento de la pensión.

    Si no lo estableció, entonces promuevan para que se le gire nuevo oficio a la empresa e informe sobre dicho cumplimiento.

    De cualquier forma, la empresa está obligada a cubrir el descuento desde la fecha en que recibió el oficio, esto es, aunque pagará en enero, debe retener el porcentaje correspondiente desde el 1o de diciembre de 2011.

    Es muy importante que presente el escrito ante el Juez, toda vez que la empresa puede señalar que desde el 15 de diciembre estaba a disposición el pago, pero la señora no acudió a recibirlo.

    No obstante, el día que vaya, le tienen que hacer pago de los pagos retroactivos (a partir de la presentación del escrito) como de los subsecuentes.

    Saludos.



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