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DEMANDA JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

  • Consulta : 2292
  • Autor : juanfrancisco13
  • Publicado : 2011-12-09 13:31 desde la IP: 189.222.238.185
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  • Visitas : 5,465
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  • Autor
    Consulta

  • juanfrancisco13
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    En dias anteriores fue mi cliente emplazado para una demanda de un Juico Ejecutivo MErcantil, como base de la accion ofrecen un pagare que firme y se vencio en 2008, si esta en tiempo aun no prescribe. En el escrito de demanda POR ERROR DEL ACTOR, SE EQUIVOCO EN EL NOMBRE DEL DEMANDADO AL ESCRIBIR ERRONEAMENTE (OTRA PERSONA) QUIEN SUSCRIBIO EL PAGARE.

    Esto me puede ayudar para "tumbar" el asunto?, o la naturaleza AUTONOMA DEL PAGARE vale por si misma?

    EN su momento fue un pagare firmado en BLANCO Que medios de defensa tengo?

    De antemano, Gracias!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2394

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es curioso que el juez ho hubiera prevenido al actor, sobre su error en el escerito inicial, para que lo subsanará, pues en muchas ocasiones lo hacen, esto es más común de lo que crees, sobre todo lo he visto en nombres de personas morales. Es un comentario.

    No tienes mucho margen de maniobra, en cuánto a ese error, ya que , para que proceda la acción cambiaria , se necesita que el título fundatorio, cumpla con los réquisitos a que se contrae el art. 170 de la Ley Gral de Titulos y Operaciones de Crédito, entre los que se encuentra la firma del suor, ya que hay tesis que marcan que el nombre del suor no es un réquisito sine qua non, por no exigirlo el artículo citado, sino que basta que exista la firma del mismo.

    Quizá si fuera otra acción, si tendrías margen de maniobra.

    En cuanto al pagaré en blanco, recuerda que para la ley no existen, lo que es más , la propia ley de títulos faculta al tenedor a llenar los réquisitos omitidos, hasta antes de la presentación para su cobro. Menos la firma, claro está, a menos que tengas manera de demostrar indubitablemente que el pagaré fué firmado en blanco, no tienes oportunidad.

    Si falsificaron la firma, obtela de falso, y designa perito. Pero en sí, probar la alteración de un título de crédito, es dificil, con todo y pericial,  no te olvides que dicha prueba ( pericial )  no es más que una opinión, solo eso, y es el juez, quien debe valorar todos los medios de prueba, y el pagaré es una prueba preconstituida de la acción.



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