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REGULARIZACIóN DE ESCRITURAS

  • Consulta : 2281
  • Autor : kukulkan
  • Publicado : 2011-12-05 12:38 desde la IP: 187.141.24.113
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,487
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  • Autor
    Consulta

  • kukulkan
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Trataré de ser breve ante una situación compleja.

    Mi suegro murió intestado, le sobreviven su esposa y cuatro hijos. La casa que habitan tiene escrituras a nombre de mi suegro. Mi suegra decidió vender la casa para heredar en vida a sus 4 hijos. Una de sus hijas ofrecio comprar la casa para los cual pidió a su madre y hermanos cederle los derechos de la propiedad que en teoría corresponde a cada uno, con lo cual ella pediría un crédito para pagarles la parte que les corresponde (aun no entiendo como puede uno solcitar un crédito para comprar su propia casa).

    Actualmente hay un descontento entre ellos pues no acaban de enteder porque tuvieron  que cederle los derechos a mi cuñada, peor aún, no le autorizaron el crédito. Mi suegra está preocupada porque en la delegación política a la que pertece le  informaron que con esa cesión de derechos la única dueña es su hija. Ella desea que todo regrese a como estaba antes y así poder hacer un testamento ordinario y que cuando ella falte, sus hijos dispongan de la casa como mejor les parezca.

    ¿Puede ayudarme alguien a enteder qué debe hacerse ahora y si la cesión de derechos en realidad tienen algún valor como para certificar a mi cuñada como única dueña?

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2363

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si sus suegros se casaron por sociedad conyugal, la cesión de derechos que efectuó su suegra respecto a su hija, solo surte efectos respecto de su 50% del inmueble.

    Para regularizar la propiedad, tienen que denunciar la sucesión intestamentaria a bienes de su finado suegro y una vez declarados los herederos, si estos quieren repudiar a favor de una persona, así se puede realizar.

    De lo contrario, al adjudicarse el inmueble, todos serán copropietarios en la proporción que les corresponda.

    Le aclaro que no pueden realizar ningún acto de dominio sobre la propiedad, hasta que no se haya realizado la sucesión correspondiente.

    Suerte!!



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