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PONER VENTANAS AL COSTADO DE LA CASA.

  • Consulta : 2260
  • Autor : Renfex
  • Publicado : 2011-11-29 17:58 desde la IP: 189.134.176.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,475
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  • Autor
    Consulta

  • Renfex
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola, quisiera saber si es posible poner ventanas con mira hacia la casa del vecino, en realidad ya estaban hechas las estructuras para este fin, la cuestion es que "el vecino" practicamente ordeno que taparamos dichas estructuras porque no se le notifico con anterioridad; estas ventanas no afectarian de ninguna manera su privacidad ni mucho menos, ya que daban hacia el traspatio de la casa, mismo que esta aproximadamente 5 metros abajo de las ventanas que se pondrian pues estarian en un segundo piso ademas de que la propiedad de mi vecino esta mas profunda que la mia. Hace años colocaron sobre nuestra contrabarda una estructura metalica para un techo de lamina la cual esta a escasos 60cm de lo que seria el inicio de una de las ventanas, esta accion la realizaron  sin previo consentimiento nuestro; cuando se hablo con ellos para ver la situacion de las ventanas les mencionamos esto y solo se limitaron a decir que esa estructura nos beneficiaba a ambos puesto que el agua (de la lluvia) no se colaria entre las bardas porque el techo de lamina cubriria esta ranura, hecho que es cierto, pero el dichoso techo mide de largo 2.5 m, si fuera para beneficio mutuo tendria que medir el largo de todo el predio, por ultimo les comentamos que tenian que levantar su contrabarda, ya que la suya esta mucho mas abajo que la nuestra a lo que respondieron que ellos ya habian fincado todo lo que tenian que fincar, hecho que delata que no habria problema si colocamos las ventanas, se que si las coloco y ellos lo deciden podrian levantar su barda y taparnos las ventanas sin que pudieramos emprender accion legal alguna, asi que si pudieran asesorarme con respecto a esto, que quedaria en segundo plano y por el momento me gustaria mas enfocarme al problema de la contrabarda y la estructura recargada en mi propiedad.

    Gracias.

    P.D.  : actualmente radico en Naucalpan de Juarez, que es en donde estan las propiedades que mencione arriba.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2355

  • AQUINOCD
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El derecho de propiedad no es irrestricto, tiene limites (se puede gozar de él con las modalidades y restricciones). Asi las cosas, nadie puede ejercer su derecho de propiedad para perjudicar a otra persona, sin utilidad para el propietario. Si puestas las ventanas, como tu comentas, el vecino levantara su barda, solo para taparlas, habría acción legal para actuar en contra de este derecho de propiedad sin utilidad para el propietario. Ahora bien; pero si construyera una casa, y ese muro le correspondiera, entonces no se podría ejercitar acción alguna.

    Habría que analizar concretamente el caso particular, para observar sus particularidades.

    Espero que la orientación te ayude a tomar una decisión.

    saludos

     

    DANIEL AQUINO CRUZ



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