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PAGO ARRENDAMIENTO
- Consulta : 2212
- Autor : Brumm
- Publicado : 2011-11-15 23:01 desde la IP: 189.137.9.49
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,477
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 15 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola amigos de México-Legal, tengo una duda, tengo un arrendatario que cada año que renovamos contrato me hace una aclaración, que él tiene 5 días de plazo para pagar la renta contados desde el día pactado en el contrato y que este plazo de cinco días lo establece la ley. Mi duda es, ¿es verdad que existe un fundamento sobre esto y cual sería en el D.F.? y acaso si convenimos en que los días de pago será el día 1 y él está de acuerdo. no debería darle un plazo que supuestamente marque la ley, ya podemos convenir todo lo que no vaya en contra del orden público, cual es opinión… gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2313
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 13:08 2011-11-22 13:08 desde IP: 189.233.13.206
Buen día , en si la ley no establece un plazo de gracia de 5 días para el pago de la renta esto se obsequia por el arrendador por cortesia, la ley establece que las partes se comprometen a los que ellas deseen, siempre y cuando no este viciado el acto juridico. Luego entonces si usted le ofrece esos cinco días es por cortesia.
Saludos
Autor
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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