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USUCAPION.
- Consulta : 2187
- Autor : ViridianaHerrera
- Publicado : 2011-11-08 17:05 desde la IP: 201.171.184.198
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,466
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Baja California
Buen dia
Mi asunto se trata de una persona que adquirió hace 47 años, mediante un contrato verbal de compra-venta un terreno, el cual quiere que se le declare propietaria por medio de la prescripcion positiva. Pero desconocemos si el demandado aun vive, o si tiene hijos, si se realizo o no un juicio de sucesion de bienes. Ademas que los documentos solo mencionan en el nombre del demandado un apellido. Mi pregunta es, si seria adecuado, demandar a persona interesada, y se emplaze por edictos, o en mi demanda mencionar el nombre del demandado y/o sucesion a bienes del señor. Espero que me puedan ayudar. De antemano les agradezco.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2260
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Noviembre de 2011 17:21 2011-11-08 17:21 desde IP: 201.151.164.215
y ya checaste en el registro publico a nombre de quien esta este terreno? de ahí deduces si se tramito algún juicio y posterior escrituracion a un tercero, o si sigue a nombre del vendedor , aunque pueda ser que no este anombre de persona alguna y entonces tramitar un juicio Ad- Perpetuam
Autor
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AutorRespuesta No: 2276
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Noviembre de 2011 19:57 2011-11-10 19:57 desde IP: 189.231.231.250
Primero investigas si existe alguna acta de defuncion del legitimo dueño en el r civil de donde se ubica el inmueble, supongamos que ya murio, entonces Hay que demandar la usucapión, vs la sucecion de la persona que aparece como dueña ante el rpp por conducto de quien legalmente la represente, si no sabes si existe juicio sucesorio, debo decirte que existe prohibicion de revelar la identidad de las partes en el STJ, debes proporcionar un domicilio de la misma, o simular uno y que desconoces su paradero, ojo, si la persona que originalmente adquirio el bien del legitimo dueño, le vendio a un tercero, debes demandar tambien al primer comprador quien tiene legitimacion pasiva y la sentencia que recayese le podria causar algun perjuicio, cuando acredites el desconocimiento del domicilio de los demandados se emplaza por edictos "advocatus_emunahh">advocatus_emunaharrobahotmail
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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