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PUEDE PUEDE EL MUNICIPIO EMBARGAR PARA COBRAR EL IMPUESTO PREDIAL

  • Consulta : 2121
  • Autor : LUCIO_2010
  • Publicado : 2011-10-22 22:45 desde la IP: 201.155.158.18
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,482
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  • Autor
    Consulta

  • LUCIO_2010
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    señores  reciban ustedes un saludo de parte de un servidor.

    el motivo por el cual acudo a ustedes es para preguntar si puede el municipio embargar muebles para cobrar el pago del impuesto predial bueno yo seq ue no hay excusas para no pagar dicho impuesto y el caso es que adquiri un casa por parte del credito infonavit en el municipio de Santa Catarina Nuevo Leon y llevo pagando la casa mas de tres años y en todo ese tiempo no he pagado el impuesto predial .. y hace tres dias me llego un comunicado de la tesoreria donde avisan que tengo cinco dias para pagar y que si no pago iran a mi casa a sacar los muebles para rematarlos y cobrar el adeudo que son tres mil pesos y aunque no es una suma muy elevada en estos momentos no cuento con ese dinero y tengo el pendiente que cumplan su palabra de cobrarme de esa manera y si es legal lo que dicen que ellos pueden hacerlo si no se les paga. espero me puedan dar una orientacion ya que yo si podria pagarles paro seria hasta empezando el año ya que recibiria el fondo de ahorro en la empresa donde actualmente trabajo. gracias y que esten bien

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2192

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo más probable es que se trate de un notificación de carácter extrajudicial, ya que cuando se va a ejecutar un auto de mandamiento en forma ( embargo ), nunca se avisa al deduor.

    Para que te puedan embargar, se tiene que apersonar un actuario o diligenciario, adscrito a algún juzgado competente de tu estado, se debe de identificar, y requerirte del pago, debe exhibirte un orden firmada por un Juez, que este fundada y motivada, es decir tiene que seguir ciertas formalidades, y te tienen que notificar y emplazar a juicio.

    No pueden ir por su propio derecho, si no es un actuario debidamente identificado, y con un auto de manadamiento en forma  NO TE PUEDEN EMBARGAR, incluso pueden incurrir en la comisión de delitos, como robo, allanamiento de morado y lo que resulte.



  • Autor
    Respuesta No: 2196

  • LUCIO_2010
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas Gracias Señor por su respuesta  se lo agradezco mucho me pondre abusado si es que llegara a presentarse la ocacion que advirtieron harian .

    yo espero que no se  llegue a eso, de antemano se que yo tengo la culpa pero ahorita no es cuestion de lamentarse tratare de ponerme al corriente a fin de año y de nuevo muchas gracias saludos.



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