- Inicio
- Sala Civil
Sala Civil
VENTA DE PROPIEDAD ESTANDO RENTADA
- Consulta : 1836
- Autor : lued60
- Publicado : 2011-08-15 12:33 desde la IP: 189.177.44.63
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,474
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 15 de Agosto de 2011
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1840
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 19:58 2011-08-15 19:58 desde IP: 187.195.50.68
Si se puede vender, pero primero tendrás que notificarles el derecho del tanto que tienen tus inquilinos, es decir, tienen la preferencia de adquirir dicho inmueble, antes de ser ofrecido a terceros.
Y bueno, el que compra deberá estar conciente de que se encuentran obligaciones pendientes y le debes entregar todos los contratos de cada arrendatario.
Acude a alguna inmobiliaria y ellos podrán asesorarte e incluso podrán hacerse cargo de la compraventa (te cobrarán una comisión una vez que se concrete la compraventa).
Saludos.
Autor
-
AutorRespuesta No: 1841
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 20:19 2011-08-15 20:19 desde IP: 189.217.129.203
lued60
El derecho de tanto o de preferencia solo es para a aquellos arrendatarios que se encuentren al corriente en el pago de rentas y por consecuencia se les debe de hacer de su conocimiento de manera fehaciente sea por medio de diligencias de Jurisdiccion Voluntaria que se les notifique la voluntdad del dueño del inmueble de vender, precisando el precio, terminos y modalidades del la compravnetra para que inquilinos dentro del termino de Ley hagan valer su derecho a adquirir el inmueble. No haciendo valer su derecho, el dueño queda en libertad de vebder el inmueble a cualquier otra persona.
Insisto solo a aquellos que se encuentren al corriente en el pago de rentas tienen derecho a ser preferidos sobre terceras personas.
Autor
-
AutorRespuesta No: 1846
-
Fecha de respuesta: Martes 16 de Agosto de 2011 09:57 2011-08-16 09:57 desde IP: 187.144.156.203
Gracias por sus respuestas, solo me queda una duda: esos departamentos no estan escriturados de manera individual,¿ aún asi se les da el derecho de tanto a los inquilinos?, ¿ es por el departamento que ocupan o por todo el inmueble?.
Le comento que no me convendría vender de manera individual, ya que tendría que tener escrituras por cada departamento y supongo que también algunas cosas que trae a consecuencia, como instalaciones y reparaciones, y es por que ya no quiero invertirle más dinero que tomo la decisión de vender todo el inmueble.
Por la ubicación en que estan supongo que una constructora grande si se podía interesar, ya que hace tiempo fuí a solicitar ampliación de construcción para tirar y hacer nuevos departamentos y me dijeron que solo podia construir 6 (imaginese, tiro 10 y construyo 6). Y en la zona esas constructoras han hecho grandes edificios.
Saludos
Autor
-
AutorRespuesta No: 1851
-
Fecha de respuesta: Martes 16 de Agosto de 2011 17:40 2011-08-16 17:40 desde IP: 189.217.43.47
lued60
Es por todo el inmueble.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 107280147 veces.
Lecturas completas: 4782
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®





