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OBLIGACIONES DEL ALBACEA

  • Consulta : 1755
  • Autor : Elein
  • Publicado : 2011-07-29 17:58 desde la IP: 189.179.145.129
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,483
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  • Autor
    Consulta

  • Elein
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    El dia 2 de noviembre del 2010 fallece mi suegro (mi suegra fallecio el 28 de abril del 2008). Ellos procrearon 3 hijos: Teresa (51 años), Ma del carmen (47) y Jose Carlos(43, mi esposo). El dia 14 de mayo del año en curso tienen una discucion porque mi esposo les propuso que se hiciera un juicio intestamentario para saber si mi suegro habia dejado testamento, Carmen le dice a mi esposo que ya existe un testamento, Carlos le pide que se lo muestre, carmen le dice que lo tiene Tere, le pide a Tere que se lo muestre en ese momento y ella le dice que no lo tiene ella en su poder, que lo tiene una abogada que ella habia contratado. Carlos le pide el numero del telefono o direccion para comunicarse con esta abogada, pero ella se lo niega. Pasa un mes y Tere se niega a mostrarle el testamento. Por consecuencia a  Carlos le intriga el motivo por el cual ellas no le quieren mostrar el testamento, ni dar direccion o telefono de la supuesta abogada.

    Mi esposo empieza a tramitar el juicio intestamentario el dia 15 de Junio, el cual a ellas se les notifica como a los 8 dias. Hasta hoy en fecha ellas no se han presentado a notificar ante el juzgado.

    El dia 20 de Julio le dan los resultados del juicio, donde bienen los datos de la notaria. Como el juzgado esta en receso y tardara 15 dias en renovar sus actividades,  Carlos por su lado, hace el tramite para que le den una copia del testamento, el cual le entrtegan el dia 28 de Julio. En el testamento aparecen los tres hijos como herederos y como albacea Teresa.

    La duda de mi esposo es: ¿ se puede distituir como albacea a Teresa y ponerse el? porque ambas hermanas ocultaron el testamento y nunca se lo quieiseron mostrar.

    ¿ Cuales serian los motivos o razones, que se pueden meter en el juicio para hacer esa destitucion?

    ¿ Todos los gastos que conllevo hacer este tramite, se ven obligadas ellas a pagar por partes iguales?

    OBSERVACION: Carlos cubrio todos los gastos funerarios de mis suegros ( tanto de su madre como de su padre), y el tambien ha estado pagando predio y agua desde 1997 hasta la fecha.

    Gracias por su atencion.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1768

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BUENOS DIAS:

    SI ES POSIBLE QUE LOS HEREDEROS O ALGUNO DE ELLOS PROMUEVA QUE SE RETIRE DEL CARGO DE ALBACEA AL QUE HAYA SIDO NOMBRADO PARA ELLO, EXISTE UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL  MEDIANTE LA  REVOCACIÓN DE ALBACEA, EN EL CUAL DEBERÁN SOLICITAR QUE SE DESTITUYA DEL CARGO DE ALBACEA POR INCUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES, ENTRE LAS CUALES TIENE COMO OBLIGACIÓN EXHIBIR EL TESTAMENTO A LOS HEREDEROS ATENDIENDO A LO SIGUIENTE:

    ARTICULO 6.232. DEL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MEXICO

    QUIEN HA SIDO NOMBRADO ALBACEA EN TESTAMENTO Y LO TIENE EN SU PODER, DEBE PRESENTARLO DENTRO DE LOS QUINCE DIAS SIGUIENTES A LA MUERTE DEL TESTADOR

    ARTICULO 6.259. DEL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MEXICO.

    EL CARGO DE ALBACEA CONCLUYE POR:

    I. LA EXTINCION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE LA SUCESION;

    II. MUERTE;

    III. INCAPACIDAD;

    IV. EXCUSA;

    V. REVOCACION;

    VI. REMOCION.

     

    ESTAMOS A SUS ORDENES.

    w w w . o r t i z r u bi o l e g a l . c o m
    LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA
    LIC. LIZETH RUIZ GARAY
    i n f o "arroba" o r t i z r u b i o l e g a l .c o m . m x
    Te l s: 49830259/42019327





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