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DEBO Y NO PUEDO PAGAR

  • Consulta : 1629
  • Autor : bimitris1
  • Publicado : 2011-07-05 04:47 desde la IP: 189.170.3.155
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,486
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  • Autor
    Consulta

  • bimitris1
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Hola, necesito asesoria.

    Por cuestiones de un sucesorio de mi padre me pusieron al frente de una empresa(de mi padre), resulta que el negosio se cerro, se pagaron todas los proveedores, pero quedo uno pendiente, al cual le firme un pagare, sin aval, pero la cosa es que se firmo como personal, osea a mi nombre no de la empresa,por cosas de mi ex licenciado lo hicimos asi, resulta que ahora me estan cobrando en mi domicilio, la casa es de mi mama, yo vivo con ella, soy estudiante y no tengo trabajo, es una cantidad fuerte para poder pagarla yo. 

     

    ¿pueden embargar la casa de mi madre (que no es aval) aunque la deuda sea mia y viva aqui?

    suponiendo que no, que pasa con la demanda, el dia que tenga algo me van a embargar o tiene un tiempo para preescribir?

     

    De antemano muchas gracias por su ayuda.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1680

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No pueden embargar algo que no sea propiedad del deudor.

    La acción cambiaria directa prescribe en 3 años, esto es, la posibilidad de iniciar un juicio ejecutivo mercantil.

    Pero tiene 10 años pasa interponer el juicio ordinario mercantil.

    Así que hasta después de 10 años de que haya pasado la fecha de vencimiento, es que podrían hacer valer la excepción de prescripción.

    Si llegas a un acuerdo y realizas pagos, pide comprobantes de éstos.

    Ojala te sirva la información.

    Saludos.



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