- Inicio
- Sala Civil
Sala Civil
CUANDO NO RECONOCE EL JUEZ LA PERSONALIDAD, .........
- Consulta : 1561
- Autor : EVELINGUTIERREZM
- Publicado : 2011-06-22 21:20 desde la IP: 201.114.61.129
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,472
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 22 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
NECESITO ME COMENTEN COMO COMIENZO EL PREAMBULO PARA INTERPONER UN RECURSO DE QUEJA CONTRA LA SENTENCIA QUE DETERMINA LA FALTA DE PERSONALIDAD EN JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO, SERIA COMO?: POR MI PROPIO DERECHO, CON EL CARACTER DE..., COMO??????
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1496
-
Fecha de respuesta: Viernes 24 de Junio de 2011 10:43 2011-06-24 10:43 desde IP: 189.171.169.24
Pues si seria POR TU PROPIO DERECHO EN TU CARACTER DE _______________(Apoderado, Autorizado, Abogado, Heredero, Etc), si el incidente de FALTA DE PERSONALIDAD no te reconocieron la personalidad, esto no quiere decir que NO LA TENGAS para interponer un recurso, asi que seria bastante que promovieras en la misma forma que interpusiste o contestaste el incidente.
Saludos y espero que te sirva esta respuesta.Atte.
Bufete JUridico del Centro Universitario de Cd. Juarez.
.'.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 107148821 veces.
Lecturas completas: 4770





