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DUDA EN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, AMPLIACION DE EMBARGO

  • Consulta : 1523
  • Autor : SPARTANDAV2
  • Publicado : 2011-06-16 21:41 desde la IP: 189.181.71.78
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,489
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  • Autor
    Consulta

  • SPARTANDAV2
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches compañeros;

    Tengo una duda que me gustaria platicar con ustedes y es la siguiente: 

             Dentro de un juicio ordinario mercantil, donde ya hay sentencia ejecutoriada, condenando a la parte

    deudora al pago de la cierta cantidad, posteriormente se requiere del pago, y en caso de no hacerlo se le

    emabargan bienes de su propiedad eso no hay duda.

     

           Dentro de ese requerimiento, por no hacer pago, se le ambargan bienes de su propiedad para con

    ellos hacer pago al acreedo, dentro de los bienes señalados se encuestran diversas cuentas bancarias,

    así como un vehiculo automotor.

     

          Acto continuo se mandan oficios a los bancos para que den a conocer la cantidad liquida de las

    cuentas, lo que hacen posteriormente y de las mismas se advierte que son insuficientes para cubrir la

    deuda. 

     

         El actor  en base a la diligencia de requerimiento y embargo solicita a la depositaria que diga donde

    esta el carro que se trabo en la mencionda diligencia.  a lo que contestan que no saben toda vez que el

    mismo no es propiedad de la demandada, que le han hecho al dueño  la situasion juridica del vehículo,

    para que procediera con forme a derecho pero hasta el dia de hoy  no hay nada.

     

        Mi duda es la siguiente en base a los articulos 441 y 442 del Código Federal de Procedimeintos

    Civiles, esta la posibiliad de la ampliacion del embargo, toda vez que, la cantidad liquida de las cuentas

    no cubre la deuda a la que fue condenada la deudora.

     

     

               Por ello quisiera saber si existe la posibilidad de fundar la ampliacion de embargo, aunque de los

    preceptos antes mencionados se advierta que se requiere el remate de los bienes asegurados para que

    proceda  la mencionada ampliacion de embargo.

     

     

        Notas: la parte deudora desde que se dicto la sentencia no ha pagado, ha promovido de manera que entorpece el procedimiento,  y por ende atrasa todo. tan es asi  que  ha sido acreedora de 2 medidas de apremio, una por no dejar ejecutar el requerimiento de pago y embargo, otra por no avisar la ubicacion del vehiculo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1448

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para que puedas solicitar la ampliación de embargo primero tienes que rematar lo que embargaste, es entonces cuándo le señalas al juez que en virtud de que no se alcanzo a cubrir todas las prestaciones a que fue condenado el demandado, solicitas autorice la ampliación.

    Es necesario que remaates primero.



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