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JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

  • Consulta : 1509
  • Autor : alejandra_jaime.
  • Publicado : 2011-06-15 14:47 desde la IP: 189.210.35.25
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,517
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  • Autor
    Consulta

  • alejandra_jaime.
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    hola tengo una duda y quisiera que me ayudaran

    que es lo que se debe de hacer despues de que el juzgado te acepta la rebeldia por parte del demandado, ya que en el acuerdo me estan se publica lo siguiente  SE ADMITEN Y CALIFICAN DE LEGALES LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA Y SE MANDAN RECIBIR CON CITACIÓN DE LA PARTE CONTRARIA, ORDENÁNDOSE ABRIR EL JUICIO A PRUEBA POR EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS PARA SU DESAHOGO. LAS QUE SERÁN TOMADAS EN CONSIDERACIÓN EN SU OPORTUNIDAD CONFORME A DERECHO, YA QUE DADA LA NATURALEZA DE LAS MISMAS SON DE LAS QUE NO AMERITAN FECHA Y HORA ESPECIAL PARA SU DESAHOGO

    que es lo que tendria que hacer desde ese momento hasta que se dicte la sentencia

     

    GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1428

  • Buffete Juridico
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    HOla, el Juicio ejecutivo Mercantil se debe de llevar en todas sus etapas procesales, parece ser que ofreciste pruebas que no se requiere proveer alguna fecha para su desahogo, por lo que tienes que esperarte a que transcurra el tiempo del Periodo Probatorio y entonces pedir se abra la etapa de Alegatos, unav ez que se abra la de los alegatos (Puedes pedir se te tenga por reproducida la Demanda en via de Alegatos, aunque esta es la forma menos juridica del mundo) y una vez que transcurra el tiempo de los alegatos pues pides la citacio para Sentencia.

     

    Saludos.

    Atte.

    Bufete Juridico Centro Universitario.



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