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CAMBIO DE REGIMEN CONYUGAL
- Consulta : 1323
- Autor : Adripc
- Publicado : 2011-05-14 11:35 desde la IP: 189.253.87.96
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,477
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Mayo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1318
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Mayo de 2011 12:24 2011-05-14 12:24 desde IP: 189.182.162.48
Estimada Adripc:
El procedimiento es relativamente sencillo.
Forzosamente necesita la asistencia de un abogado, pero - mas que un juicio de controversia - es un tramite judicial (por llamarlo de alguna manera).
Solamente necesita llevar el Acta de Matrimonio con un abogado, junto con cualquier documento que acredite la propiedad de los bienes que fueron adquiridos durante la vigencia del matrimonio y la forma en que desean distribuirlos. En dado caso que no existan bienes por repartir, entonces, solamente el Acta de Matrimonio es necesario.
Su abogado de confianza tramitará una Jurisdiccion Voluntaria ante el Juzgado Familiar correspondiente y posteriormente deberán asistir al Juzgado a ratificar dicha intencion del cambio de regimen.
Al concluir este tramite, la Sentencia se inscribirá en Registro Civil.
Saludos.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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