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NEGACIóN DE CONVIVENCIA FAMILIAR CON MIS SOBRINOS

  • Consulta : 1212
  • Autor : malinalli mimosa
  • Publicado : 2011-04-21 20:38 desde la IP: 189.177.39.211
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,474
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  • Autor
    Consulta

  • malinalli mimosa
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Hola buenas noches, me gustaria que me orientaran en lo referente a mi caso:

    mi duda principal es que si mi cuñada ( esposa de mi hermano), puede negarnos a la familia, la convivencia con los dos sobrinos? esto sucedió desde hace tres meses aproximadamente despues de una discución que tuvo con nosotros, cabe mencionar que mi hermano vive en E.U, y siguen casados y el se hace responsable cada semana de enviarle dinero, así que considero que ni siquiera tendría por que condicionar los días y horas para poder visitarlo o ir por ellos, ella ha dejado de ir a la casa de mis padres por lo que siento que está ejerciendo violencia con los niños puesto que ellos siempre han crecido y hasta vivido en nuestra casa (de mis padres y en la mía) y de repente ya no nos pueden ver ni verlos, dándole ahora ´mayor preferencia a su familia.

    Ojalá me orientaran, la verdad es que no sabemos hasta donde podemos actuar, gracias.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1208

  • GERARDO GUERRERO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El derecho de convivencia es SOLAMENTE entre los padres para con los hijos.

    Los tíos, abuelos y demás familiares no lo pueden invocar, solamente que en ellos se recaiga la patria potestad, cosa que no sucede en el caso que relata.

    Deben dejar que los padres decidan a quien ven los hijos como lo haria Usted con los proios, salvo que exista peligro para los menores entonces presente la demanda y ante la autoridad  correspondiente, pero que no le gane ni la soberbia ni la sobre protección, aunque le duela no ver a sus familiares. Tome en cuenta que no son sus hijos.

    Disculpe.

    Gracias.



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