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PENCION ALIMENTICIA PROVICIONAL
- Consulta : 1167
- Autor : alejandra...
- Publicado : 2011-04-11 15:00 desde la IP: 187.146.180.164
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,480
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 11 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1169
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Abril de 2011 20:50 2011-04-12 20:50 desde IP: 189.137.239.61
La pensión provisional alimenticia tu no la fijas, lo hace el juez con la información que le proporcionas y sin audiencia de la contraparte.
Necesitas el domicilio del lugar de trabajo del deudor alimentista, para que el juez gire el oficio, también puedes mencionar los gastos en que ha incurrido el acreedor, sus deudas con motivo de los alimentos, y puedes poner una cantidad X por considerarlo suficiente y bastante para cumplir con las necesidades del acreedor.
Recuerda que los alimentos se rigen por la fórmula: se otorgan en base a las posibilidades de quien deba darlos y a las necesidades de quien debe recibirlos, por ejemplo si tu cliente padece alguna enfermedad o presenta alguna discpacidad que requiera un tratamiento especial.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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