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DERECHO DE TANTO

  • Consulta : 651
  • Autor : joes319
  • Publicado : 2010-12-29 22:45 desde la IP: 189.247.8.46
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,431
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  • Autor
    Consulta

  • joes319
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Estado de México

    Que tal amigos!!!!!!!!!!!

     

    Mi duda es la siguiente:

    Se debe notificar a los parientes del enajenate, para que estos puedan ejercer su derecho de tanto y si es que se puede ejercer el mencionado derecho sobre un predio que se encuentra registrado como condominio, o que formalidades debo llevar a cabo para que la venta de dicho inmueble sea satisfactoria, o bien cual es procedimiento a seguir.

    Por su atencion muchas garcias.

     

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