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ES POSIBLE ENTABLAR JUICIO DE POSESION?
- Consulta : 549
- Autor : Preocupado Regio
- Publicado : 2010-11-25 16:07 desde la IP: 187.156.0.147
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,522
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 25 de Noviembre de 2010
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas tardes haber si hubiera quien me pueda orientar al respecto.
Tengo 16 años viviendo en una propiedad por 16 años la propiedad esta como colateral de un credito hipotecario, actualmente tengo una demanda en mi contra por tal adeudo, la demanda ya tiene 10 años de radicada. Mi pregunta es si se puede entablar un juicio de posesion por los años que ya tengo viviendo en esta propiedad y si tengo posibilidades de salir avante en dicho juicio.
Gracias de antemano
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 660
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Noviembre de 2010 10:09 2010-11-26 10:09 desde IP: 189.135.205.214
Buenos Dias Preocupado Regio:
Antes que nada me disculpo por no conocer la legislación de Nuevo Leon, ya que yo litigo en el D.F. pero existen instituciones del derecho comunes a todos los estados
Primero sería bueno que nos aclararas que es para ti colateral, que ha ocurrido con el juicio entablado, si es en tu contra o en contra de quien?, a cuanto asiende el adeudo? si ya existe sentencia y desde cuando fué dictada? si ademas te demandados y/o condenaris a intereses ? y/o al pago de otras cosas?, y si estas condenas se han actualizado mediante sentencias interlocutorias?
Ahora bien, al menos aquí en el D.F. no puedes demandar a la hipotecaria (o a quien tenga el crédito hipotecario a su favor) la posesión, podrías en todo caso, promover una TERCERIA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA, pero solo para el caso de que tuvieras un crédito PREFERENTE AL HIPOTECARIO, (que no creo) o bien para el caso de que HUBIERAS HECHO MEJORAS IMPORTANTES y demandar una especie de quita, o sea que al momento del remate se considere la cantidad de las mejoras y/o del crédito preferente.
Pero, si tu eres casado o vives ahí con algun acreedor alimentario tuyo, ésta persona si te podría demandar por alimentos y garantizar con la casa, pero la verdad es un acto muy arriesgado, porque estarías cometiendo fraude de acreedores, tendrías que contratar a un abogado muy habil pues si te cachan es delito.
Yo lo que te puedo aconsejar es q
Autor
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AutorRespuesta No: 661
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Noviembre de 2010 10:11 2010-11-26 10:11 desde IP: 189.135.205.214
perdon... lo que te aconsejo, es que trates de negociar con el acreedor EN EL JUZGADO, es decir hacer una oferta de pago, (porque entiendo que en realidad si debes) de manera que ANTE EL JUZGADO convengan en una forma de pago adecuada, real y posible para ambos y buecar que te hagan una quita.
Espero haberte ayudado un poco.
Atte Lic Ivonne Herrera
Autor
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AutorRespuesta No: 679
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Diciembre de 2010 20:57 2010-12-01 20:57 desde IP: 187.156.43.174
Estimada Licenciada Ivonne le agradezco el tiempo que se tomo para mi consulta y le comento lo siguiente.
1.- colateral se refiere a que el inmueble es la garantia sobre el credito hipotecario en cuestion.
2.- La demanda ha seguido su curso sin que se haya dictado sentencia alguna.
3.- Esta demanda la entablo el Banco del Atlantico, continuada por Bital y finalmente por HSBC pero ahora resulta que HSBC cedio o vendio los derechos del adeudo a una entidad privada y estos son los que me estan presionando para un pago estratosferico fuera de toda proporcion quienes son quien le esta dando seguimiento a la demanda (es esto posible ? ya que ellos no son la entidad que originalmente genero la demanda..
4.- Se le han hecho mejoras al inmueble pero estas gentes no solo no las toman en cuenta sino que alegan daño al inmueble.
5.- Lo de terceria excluyente ya se considero pero estas personas no consideran mejora alguna al inmueble.
6.- Lo que señala de autoembargo es muy arriesgado y podria tornarse no solo civil sino hasta penal creo salvo su mejor opinion que no es por ahi.
7.- La negociacion con estas gentes en el juzgado queda excluida ya que estas gentes pretenden que se les pague una cantidad del orden de
$ 1 800 000.00 cuando el inmueble cuando mas estara en el orden de $ 600 000.00.
Por ultimo Licenciada reiterando mi pregunta se puede realizar un juicio de Posesion de Inmueble estando en estas condiciones? o Tendre que atenerme a solicitar un amparo para evitar vlas acciones de estas personas?.
Le agradezcop su pronta respuesta.
Saludos
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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