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A.C. RECAUDACIóN DE FONDOS EN LOCALES Y ESPACIOS PUBLICOS.

  • Consulta : 4685
  • Autor : Chesco
  • Publicado : 2013-03-26 11:36 desde la IP: 189.132.173.243
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,473
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  • Autor
    Consulta

  • Chesco
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas

    Buenos días a todos, soy nuevo del foro.

    Trabajo en una A.C. y tengo una duda. A través de la A.C. queremos empezar actividades de recaudación de fondo en espacios publicos y en locales como bares y cafés, organizando actividades como actuaciones teatrales y afines, fiestas, presentaciones, etc.

    Me preguntaba si hay alguna ley que, en este sentido, regula la recaudación de fondos por parte de la A.C.

     

    Gracias adelanantadas!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5630

  • Lic. Ballesteros
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante

     

    Las Asociaciones Civiles son organizaciones sin fines de lucro, por lo tanto es importante dejar en claro que son "donaciones" la norma que regula a las A.C. es el Código Civil de la Entidad, le recomiendo asesorarse con un abogado de manera permanente en su A.C. para todas sus actividades, de igual manera le sera de utilidad saber que el Gobierno otorga financiamiento para las donatarias autorizadas. Yo soy abogado de una A.C. en Baja California y se ha podido hacer mucho por ella en virtud de tener bajo supervision de un asesor legal toda su actividad. 





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