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CUMPLIMIENTO DE PAGO

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  • Autor
    Consulta

  • OscarMontejo
    ABOGADO ADMINISTRATIVO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Buenas Tardes Estimados:

     

    Primero que nada les agradezco la atencion de mirar esta consulta, en segundo termino como lo dice el titulo, existe un asunto que acaba de llegar a mis manos, es un Ingeniero el cual realizo una obra para el H. Ayuntamiento de Arandas Jalisco, el realizo la construccion, equipamiento y electrificacion del Rastro Municipal, realizo una factura por un aproximado de $1,115,246.01, esta primera se le cubrio en su totalidad, al momento de querer realizar el segundo cobro por un valor total de $1,222,821.63, el H. Ayuntamiento no realizo el pago, el ingeniero presento un escrito donde solicitaba el pago presentado en oficialia de partes del H. Ayuntamiento, sin respuesta alguna, dos detalles influyen en este asunto, el ayuntamiento jamas firmo un contrato de prestacion de servicios profesionales, por lo cual no existe escrito que avale la relacion directa, pero estaba leyendo algunas tesis jurisprudenciales en las cuales nos dan cabida para que las facturas creen un vinculo directo con el ayuntamiento, la pregunta va encaminada, a saber si es viable presentarla con esa tesis jurisprudencial, y saber que accion ejercer, cumplimiento de pago, cumplimiento de contrato etcetera, y la ultima pregunta en que juzgado se presenta, civil de fuero comun, o civil federal, agradezco de antemano buen dia.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5192

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mmmm, esta pregunta ya la habías hecho en el foro principal, y yo te la respodí.

    Ahora bien, ¿ la obra fue licitada o fue adjudciación directa ?

    Se iba a pagar con recursos federales, estatales o municapales? ¿ se fimó contrato de obra pública ?.

    Hay que saber si el municipio actúo con fondos federales o locales, pues de aquí depende el juzgado en donde se presentaría la demanda.

    Puedes demandar :

    la rescisión del contrato o su cumplimiento, dependiento de que tanto le convenga al ingeniero,

    el pago de la cantidad ( acción de pago en pesos ), más los intereses generados y los que se sigan generando,

    el pago de material suministrado

    el pago de trabajos ejecutados.

    el pago de equipo ocioso por causas imables al contratante.

    el pago de daños y perjucios.

    el pago de gastso y costas, cancelación de fianzas, etc.

    O sea, puedes pedir la rescisión  o el cumplimiento o acciónn de pago en pesos.

    Nosotros somos especialistas en obra pública y licitaciones, y los Ayuntamientos, Municipios son lo peor que existen, pero si es factible cobrarles, Te recomiendo que te aseores con un abogado experto, pues no es tan fácil y se necesita experiencia.

    Por último es muy importante que tengas constancia de que tu cliente presentó la factura para su cobro, presentála en oficialía de partes, y conserva el acuse de recibo, de esta manera acreditarás que la factura que describe los trabajos ejecutados fue presentada para su cobro, además acreditas el inicio de la mora.





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