Sala Civil



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

PADRE

  • Consulta : 4665
  • Autor : LAURA O GARCIA H
  • Publicado : 2013-03-19 23:25 desde la IP: 201.161.186.202
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,474
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • LAURA O GARCIA H
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Hola quisiera asesoria, yo me junte con un hombre casado del cual tengo un hijo que actualmente tiene 18 años, su padre nunca me ha apoyado con nada para mi hijo, el lo reconocio y tiene su apellido, vivo en un depto que es de el desde 1986 pago todos los servicios menos el predial, el siempre lo ha pagado directamente en la recaudadora el y yo nos separamos desde hace muchos años, quisiera saber como le puedo hacer para que mi hijo se pueda quedar con el depto. Yo tengo 49 años y la empresa donde estoy se declarara en quiebra y nos nos quieren dar nada y ese es mi pendiente que yo a mis 49 años se me va a dificultar para seguir apoyando a mi hijo, el trabaja cuando sale de vacaciones pero es poco lo que gana, quisiera saber que puedo hacer por que su padre categoricamente dijo no es mi hijo y se lavo las manos yo no se donde vive su padre actualmente ni nada, pero si me interesa que mi hijo se pueda quedar con el depto o que el lo ayude, que la verdad lo dudaria mucho por que si no lo hizo cuando mi hijo estaba chico mucho menos ahora.  Qué puedo hacer? por favor muchas gracias Dios los bendiga.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 5185

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu hijo tiene q demandar la pension alimenticia a su padre puesto q ya es mayor de edad y para garantizar dicha pension q solicite se embargue el departamento



  • Autor
    Respuesta No: 5187

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tu hijo es ya mayor de edad, a menos que demuestre estar estudiando en un grado acorde a su edad, prosperará la demanda de aliementos, sólo hasta que termine sus estudios de universidad,  y hasta que cumpla los 25 años. Siempre y cuando se encuentre estudiando.

    Lo del embargo es cierto, pero también es cierto que el padre puede garantizar la pensión con fianza.



  • Autor
    Respuesta No: 5194

  • LAURA O GARCIA H
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No entiendo con respecto a lo del embargo del departamento podrian ser mas explicitos por favor

    mi hijo tiene 18 años esta en 6to semestre de bachillerato tecnico en el CETI colomos vivimos en este departamento desde 1986 mi hijo es del 1994 y es departamento propio de su padre. Nunca a dado pension economica ni alimenticia hasta la fecha y por asesoria de un licenciado, me dijo que mientras vivia en el departamento yo que para que le pedia dinero, por que seria capaz de sacarme de la casa, en fin quisiera poder hacer algo del cual mi hijo pueda quedar asegurado.  Mil gracias. Dios les bendiga



  • Autor
    Respuesta No: 5197

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para la edad que tiene, ya debería estar estudiando una carrera universitaria, no te olvides que al ser mayor de edad, se entiende que puede valerse por sí mismo y hasta trabajar puede. Un abogado debe revisar los documentos, para ver si es factible interponer la demanda de aliementos.

    Lo del embargo de la propiedad, es una manera de garantizar la pensión ( si se la otorgan ), pero no es la única.

    No existe manera que tu hija pueda quedar asegurado, a menos que el padre muera sin dejar testamento, la mejor segurdad son sus estudiso profesiones y su formación.

    Consulta a un abogado de tu estado, para que demande la pensión alimenticia , ok.





  • Autor
    Respuesta No: 5828

  • pastrana
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Creo que Ud. ha tenido miedo de demandar los derechos de su hijo por miedo a perder el departamento.Necesita la asesoría de un Abogado, y aquí solo le dan diferentes opiniones,y con un abogado aterrizaría sus temores, ademas si no procede en tiempo,prescribirían sus derechos(aunque son impreibles e irrenunciables, tanto del padre como del propio hijo, demande y ganaría por el tiempo que no dio alimentos, el mismo departamento.Por ser mayor de edad tu hijo que demande la Paternidad, búscalo por edictos, por orden de un juez al Instituto Federal Electoral, todo esto es por medio de abogado.



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.