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POSECION DE INMUEBLE USUCAPION
- Consulta : 4615
- Autor : jjsv18@
- Publicado : 2013-03-08 12:11 desde la IP: 148.240.114.20
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,484
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 08 de Marzo de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas dias, Tengo una duda de como iniciar un Juicio de Usucapion, me comentaron que de esta forma podia cambiar las escrituras de un departamento el cual habito, Antecedentes: hace 16 años mis padres me prestaron un departamento para habitarlo con mi familia, este departamento esta a nombre de mi papá, mi mamá fallecio hace 3 años, dos meses despues de que mi mamá falleciera mi papá decide irse para rehacer su vida, desde entonces no sabemos a donde se fue y no tenemos forma de localizarlo. Los pagos del departamento (Luz, Agua, Predio, Mantenimiento y Telefono) los hemos hecho desde que lo habitamos..
Es correcto iniciar con el juicio de Usucapion o existe otra forma?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 5108
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Marzo de 2013 14:50 2013-03-08 14:50 desde IP: 201.102.142.117
Estimado consultante, en relacion a su pregunta le comento que es necesario saber a nombre de quien se encuentra ese departamento ya que de hay parte la estrategia juridica que se puede interponer porque se puede tramitar el juicio intestamentario o testamentario ya sea el caso de que hay testamento o no, por otro lado es necesario saber si hay mas hermanos suyos que pudieran ser herederos y quien mas habita la casa o departamento, el juicio de usucapion o prescripcion positiva si se puede llevar siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, le dejo mis datos ok:
Celular 044 55 34 34 71 08
Oficina: 21 58 50 39
Correo electrónico:
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pagina web: trejotrujilloasociad.wix/negmed
Autor
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AutorRespuesta No: 5116
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Marzo de 2013 10:16 2013-03-09 10:16 desde IP: 201.153.47.184
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Autor
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AutorRespuesta No: 5117
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Marzo de 2013 14:26 2013-03-11 14:26 desde IP: 187.233.193.190
Se tiene que promover el juicio sucesorio correspondiente ( testamentario o intestamentario ) . El juicio de prescripción positiva o usucapion, no opera entre consanguíneos. Consulta a un abogado .
Autor
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AutorRespuesta No: 5359
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 12:38 2014-02-18 12:38 desde IP: 189.203.0.37
Coincido con F430LEGAL . Inicia los tramites dela sucesión.
Autor
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AutorRespuesta No: 5373
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Abril de 2014 12:18 2014-04-19 12:18 desde IP: 68.68.96.73
Estimado jjsv:
De cualquier manera, lo correcto es iniciar el juicio sucesorio. En ese juicio se debe hacer saber a los demas herederos (hermanos tuyos) que tienen derecho sobre el departamento en su calidad de herederos.
Si no tienes hermanos, o en su defecto, no les interesa el departamento, entoces la manera mas sencilla de poner a tu nombre el departamento es mediate un juicio de prescripcion (usucapion).
Recuerda: si intentas un juicio de usucapion y tienes hermanos, cualquiera de ellos puede iniciar un juicio donde te declaren nulo tu juicio de prescripcion y salgas perdiendo el dinero invertido. Es conveniente que hables con tus hermanos y les digas tu intencion de quedarte con el departamento para que de esa manera ellos firmen de conformidad y te evites gastos y problemas innecesarios.
Acude a la Defensoria de Oficio de tu localidad (normalmente se encuentran cerca de los juzgados o del Ministerio Publico) para que les expongas tu situacion.
Autor
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AutorRespuesta No: 5392
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Mayo de 2014 18:46 2014-05-30 18:46 desde IP: 201.141.251.59
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AutorRespuesta No: 5629
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Junio de 2014 19:09 2014-06-20 19:09 desde IP: 187.211.36.252
Buenas tardes.
De la manera en que planteas los hechos no cumples con los requisitos de ley para que opere la prescripción positiva, toda vez que nunca has sido dueño ya que reconoces que te prestaron el departamente para vivir mas no te lo dieron. Por lo qu tendrias que mentir en el juicio, lo que yo en lo personal no te lo recomiendo.
Lo mejor seria es que inicies el juicio sucesorio y trates de llegar a un arreglo con los otros herederos.
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AutorRespuesta No: 5673
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Mayo de 2015 15:33 2015-05-16 15:33 desde IP: 187.212.9.227
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AutorRespuesta No: 5675
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Mayo de 2015 06:01 2015-05-19 06:01 desde IP: 187.212.9.227
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AutorRespuesta No: 5676
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Mayo de 2015 06:01 2015-05-19 06:01 desde IP: 187.212.9.227
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ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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