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SE RETRACTA DEL CONVENIO DE PENSION....
- Consulta : 4608
- Autor : elvyra0125
- Publicado : 2013-03-07 13:37 desde la IP: 187.213.208.251
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,471
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 07 de Marzo de 2013
Estado de Referencia: Querétaro
hola buen dia,
realice un convenio de pension alimenticia, se ratifico el convenio en el juzgado y ya solo faltaba que formaramos ambos para que el juez diera por valido el convenio y girara la orden de retencion del porcentage convenido para pension al lugar de trabajo del padre de mi hijo, pero este se nego, alegando que en los 4 meses que me ha depositado se ha dado cuenta que no puede con el porcentage que él mismo fijo cuando se le pregunto.
mi duda es, que procede ahora, me dejara de depositar?
cuales son mis opciones?
me conviene renegociar?, ya que el quiere que el porcentage sea menor, en estos momentos es del 25% de su sueldo mensual, pero que me garantiza que mas a delante vuelva a querer retractarse?
o definitivamente, le entablo una demanda?
de antemano agradezco la asesoria que pudieran darme.... saludos!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 5107
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Marzo de 2013 23:55 2013-03-07 23:55 desde IP: 187.193.48.184
Saludos, si dicho convenio ya esta ratifacado ante el Juzgado tu exige su cumplimiento, a él le corresponde demostrar lo que el menciona, no a ti, lo que en su moemtno le tocará él es promover la reducción de dicha pensión conforme demuestre lo que a sus intereses convengan, pero en tu caso si ya esta el convenio exige su cumplimiento, y tratar de demostrar la necesidad del por que te es insuficiente dicha cantidad que se te asigno, afin de que llegado el momento el Juzgado decida en base a las pruebas que se arrimen al juicio si procede o no la reducción que pretende dicha persona.
Nos ponemos a tus ordenes para mayor información en la email. abogados_lv.asoc o en al facebook misma dirección.
Autor
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AutorRespuesta No: 5130
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Marzo de 2013 17:40 2013-03-11 17:40 desde IP: 187.233.241.122
Hola Buenas Tardes.
Si el convenio de pension alimenticia ya esta ratificado por ambas partes, solamente faltaria solicitar el oficio para proceder a realizar el descuento por concepto de pensión alimenticia, si aun no se ratifico tendrias que continuar con el juicio, solicitando que de inicio se te decrete una pensión alimenticia provisional para tu hijo, el juez la decretara de manera provisional en tanto dure el juicio para que al llegar la sentencia te la fije definitiva, debes de tomar en cuenta de que el porcentaje decretado por el juez varia de entre el 10 y 20% por cada menor.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 5234
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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Abril de 2013 18:53 2013-04-12 18:53 desde IP: 201.141.132.103
Sra. Elvyra:
Si el convenio ya está ratificado por ambas partes, éste causa una sentencia firme crea una ficción legal el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de conformidad con sus artículos 940,941 y 943 del Código Adjetivo de la materia. Por lo que si el desea haya una reducción del porcentaje se le dejan a salvo sus derechos por vía incidental, por lo que usted puede estar tranquila. Cualquiera duda o comentario estamos a sus ordenenes.
Atte. Lic. Alexis Aguilar.
Autor
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AutorRespuesta No: 5235
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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Abril de 2013 20:43 2013-04-12 20:43 desde IP: 189.177.18.6
Buenas noches.
Entiendo tu planteamiento, en efecto en el estado de Querétaro, aún cuando se haya ratificado el convenio sobre pensión alimenticia ante el Juez, éste debe de calificar dicho convenio, en algunos juzgados, e inclusive recae una resolución con carácter de sentencia (juzgado tercero familiar por citarte un ejemplo) y en otros por lo general recaé un simple auto mediante el cual dice que se aprueba el convenio en los terminos estipulados (juzgado quinto familiar por tambien darte un ejemplo).
Si tu esposo o pareja no quiere firmar el escrito en donde ambos solicita que se apruebe, solicito, que solamente el escrito lo firmes y presentes tu, sin manifestar dicha situación y dependiendo de lo que te conteste el juez, podras pedir la ejecución si te acuerda de conformidad laaprobación del convenio una vez que cause ejecutoria o bien iniciar un juicio o continuar con el que existe.
Ahora bien, para fijar el momento de la pensión se toman en cuenta varios aspecto que no indicas en tu escrito, y ésto te lo indico que tienes que considerarlo para ver si te conviene iniciar un nuevo juicio o renegociar el pago de la pensión.
Suerte.
Autor
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AutorRespuesta No: 5238
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Abril de 2013 13:39 2013-04-14 13:39 desde IP: 201.153.16.135
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Autor
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AutorRespuesta No: 5655
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Fecha de respuesta: Jueves 30 de Octubre de 2014 12:28 2014-10-30 12:28 desde IP: 201.164.198.252
Estimo que tu mejor opcion es demandarle la pension alimenticia y pedir de antemano en tu demanda que el juez determine un porcentaje del salario a cargo del papá de tu hijo. Es una medida cautelar para asegurar el bienestar de tu hijo.
De esa manera, el juez fija la pension alimenticia, y será el papá quien acredite la necesidad de una disminucion, pero por lo pronto ya aseguras el bienestar de tu hijo.
Recuerda, la pension alimenticia se fija de acuerdo a las posibilidades de ambos padres y las necesidades del hijo. La pension que fije el juez es provisional, Ustedes tendrán que buscar la definitiva mediante pruebas que acrediten esos dos elementos (posibilidades de ustedes y necesidades del menor).
Saludos.
Autor
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AutorRespuesta No: 5663
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Diciembre de 2014 20:35 2014-12-23 20:35 desde IP: 189.137.94.17
El forista que me antecede. acertadamente le da su opinion profesional, que considero debe usted tomar en serio, pues es la correcta a su problema. Atte. Lic. J. L. Camacho
Autor
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AutorRespuesta No: 5664
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Enero de 2015 15:39 2015-01-14 15:39 desde IP: 187.175.120.131
Por lo que entiendo de tu pregunta es que ya hay una pensión alimenticia provisional, en donde se esta haciendo un descuento del 25%, pero no brindas más datos, porque depende del número de acredores alimentitas es que varia el porcentaje, no se si es para un menor o promueves por derecho propio y en nombre y representación de tu menor hijo. Luego entonces, si el deudor alimentista se esta negando a ratificar el convenio lo mas adecuado sería que seguieras tu juicio de alimentos ante juzgado competente y algo muy importante, tienes que acreditar la necesidad que tiene el menor alimentista, anexando documentos que acrediten la necesidad de de recibirlos ( constancia de estudios, gastos medicos, gostos de utiles escoleres, coperaciones que se cubrieron o colegiaturas), en base a eso el juez dictaminara el porcentaje, ya que el precepto jurídico dice: Que el deudor alimentiste esta obligado a sufargar un porcentaje de su suedo y de más prestaciones por concepto de alimentos a su menor hijo, mismo que sera bastante y sufiecniete para cubirr sus necesidades, pero asu vez dice que este sera en la medida de las posibilidades del deudor, por lo que lo más conveniente es justificar la necesidad que tiene el menor.
Pero por ley el padre esta obligado a darle alimentos a su menor hijo, hasta que este haya terminados sus estudios.
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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