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PERIODO PROBATORIO!

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  • Autor
    Consulta

  • OscarMontejo
    ABOGADO ADMINISTRATIVO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenas Tardes mis Estimados:

     

    Primero que nada les envvio un gran saludo y por otro lado tengo una duda, que esta tomando algo de fuerza en mi cabeza, dentro de un Juicio Civil Ordinario, la apertura del periodo probatorio se debe de notificar personalmente o basta con que el juez emita el acuerdo?, les agradezco y quedo a la orden.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4738

  • AsesorGdl
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Qué tal Lic, Las legislaciones varían de estado en Estado pero me permito referirte que en el Código de Procedimientos Civiles de tu estado en el capítulo de Notificaciones encontrarás en qué casos se debe hacer la notificación de forma personal. He decirte que debes estar muy pendiente de tu expediente, pues no todo se notifica de forma personal y la frase "dese vista" o "corrase traslado" no significa que te notifiquen de forma personal, por lo que para que no se te pase ningún término checa diario tu expediente





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