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DIVORCIO VOLUNTARIO Y NO HAY TRASLADO DE DOMINIO DE LAS PROPIEDADES

  • Consulta : 4130
  • Autor : Carlosaf690
  • Publicado : 2012-11-06 14:45 desde la IP: 200.76.148.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,493
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  • Autor
    Consulta

  • Carlosaf690
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Hola buenas tardes, soy de Veracruz, mi pregunta es la siguiente mis papás estaban casados bajo el régimen de sociedad conyugal se divorciaron por mutuo acuerdo pero firmaron un convenio de como se repartían las propiedades (por ejemplo, la casa q estaba a nombre de mi mamá y la casa w a nombre de mi papa en el matrimonio, pero en el convenio acordaron que la primera quedaría a nombre de mi papa pues ahí vive (q) y la segunda a nombre de mi mama (w), dictaron la resolución de divorcio pero mis papas nunca se presentaron hacer el cambio de nombre en escrituras y mi papá tuvo un infarto cerebral y esta en coma, que procede con las propiedades? Es válido el convenio? Si muere mi papa le puede dejar en el testamento la propiedad (q) a alguien más? aunque nunca haya firmado las escrituras con el cambio de propietario? Que efectos produciría el convenio que firmaron y presentaron en el Juzgado.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4583

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Claro que es válido el convenio si éste fue materia de un divorcio voluntario y ratificado ante la presencia judicial, pero para hacer efectivo ese convenio, deben abrir un incidente de ejecución de sentencia.

    Dicho incidente deberá promoverse en contra de la otra parte (su padre o su madre), pero obviamente deberán notificarle al otro ex cónyuge.

    Como su padre no se encuentra apto físicamente para ser notificado, un Juez de lo Familar deberá nombrarle un tutor y un curador (previo juicio de interdicción).

    Así las cosas, su representante legal, estará en aptitud de dar contestación al incidente y/o de interponerlo en representación del interdicto.

    Si llega a fallecer, el representante de la sucesión podrá contestar o promover el incidente relativo.

    Si su padre hizo testamento con antelación, el representante de la sucesión testamentaria, podrá reclamar los bienes relativos, igualmente en la vía incidental.

    Asístanse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de su Estado.

    Suerte!



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