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ADOPCION

  • Consulta : 3883
  • Autor : VROCH
  • Publicado : 2012-09-27 23:38 desde la IP: 189.139.23.153
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,448
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  • Autor
    Consulta

  • VROCH
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    HOLA!

    TENGO UN HIJO DE 15 AÑOS, SU PADRE BIOLOGICO LO REGISTRO CUANDO NACIO, PERO NUNCA SE HIZO CARGO DE EL, NI LO HA VISTO, NI SE DONDE ESTA.

    HACE 5 AÑOS ME CASE Y MI HIJO AHORA QUIERE QUE MI ESPOSO LO ADOPTE LEGALMENTE Y ASI PODER CAMBIAR SU APELLIDO.

    ES ESTO POSIBLE??

    GRACIAS!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4295

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenas Tardes.

    Si es posible, solo que primero debera demandar la perdida de la patria potestad al padre biologico de su hijo, si no tiene contacto con el ni manera de localizarlo el juez de lo familiar debera agotar instancias tales como girar oficios a diferentes deependencias de gobierno tales como el IFE el IMSS el ISSSTE, HACIENDA etc., etc., a efecto de que digan si tienen algun domicilio registrado a nombre de esta persona, si en ninguna de las instituciones se cuenta con alguna dirección para poderle notificar la demanda, entonces se procedera a hacer la notificación por edictos, una vez que el juicio se vaya en rebeldia se decretara la perdida de la patria potestad y posteriormente podra iniciar su juicio de adopción para poder registrar al menor con los apellidos de su pareja actual.

     

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY

    TEL. 47513179

    w w w. ortizrubiolegal. com. mx (junto)



  • Autor
    Respuesta No: 4296

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenas Tardes.

    Si es posible, solo que primero debera demandar la perdida de la patria potestad al padre biologico de su hijo, si no tiene contacto con el ni manera de localizarlo el juez de lo familiar debera agotar instancias tales como girar oficios a diferentes deependencias de gobierno tales como el IFE el IMSS el ISSSTE, HACIENDA etc., etc., a efecto de que digan si tienen algun domicilio registrado a nombre de esta persona, si en ninguna de las instituciones se cuenta con alguna dirección para poderle notificar la demanda, entonces se procedera a hacer la notificación por edictos, una vez que el juicio se vaya en rebeldia se decretara la perdida de la patria potestad y posteriormente podra iniciar su juicio de adopción para poder registrar al menor con los apellidos de su pareja actual.

     

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY

    TEL. 47513179

    w w w. ortizrubiolegal. com. mx (junto)



  • Autor
    Respuesta No: 4303

  • VROCH
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    HOLA!

    MUCHAS GRACIAS POR LA RESPUESTA, TAMBIEN ME GUSTARIA SABER ALGO MUY IMPORTANTE, ESTE JUICIO, O DEMANDAR LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD ES COSTOSO?? MAS O MENOS CUANTO COSTARIA?

    GRACIAS!



  • Autor
    Respuesta No: 4312

  • abogados enruz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes efectifamente es posible realizar la adopción, en cuanto al costo si es necesario que se notifique por edictos llega a ser un poco costos independientemente de los gastos de los abogados, te suguiero que preguntes a varios especialistas y que les preguntes respecto a los edictos ya que seguramente por las características del caso esta será la forma de notificar al padre y los que se realizan en periódicos nacionales son muy caros. no te dejes engañar y acude a un especialista en la materia en ocaciones los abogados olvidan mencionar los gastos de los juicios que llegan a encarecer el litigio. si tienes mas dudas o preguntas estamos para servirte.



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