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SOCIEDAD CONYUGAL

  • Consulta : 3572
  • Autor : lizbu
  • Publicado : 2012-08-09 14:05 desde la IP: 93.33.224.29
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,473
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  • Autor
    Consulta

  • lizbu
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    BUENAS TARDES

    EN 1993 ME DIVORCIE PORQUE MI EX-ESPOSO DIO MOTIVOS Y SE HIZO POR DIVORCIO NECESARIO, TENEMOS UN HIJO Y ESTABAMOS CASADOS POR BIENES MANCOMUNADOS, EL JUEZ ORDENO LA DISOLUCION DE LA SOCIEDA CONYUGAL QUE SE RESUME A UN DEPARTAMENTO, DESDE ESE ENTONCES MI EX-ESPOSO  SE NEGO A OBEDECER LA ORDEN DEL JUEZ Y SE DESAPARECIO POR UN LARGO PERIODO, NUNCA ME DIO PENSION ALIMENTICIA  Y  DESDE EL 2007 NO VIVO EN LA CIUDAD, LO CUAL APROVECHA PARA NEGARSE  A VENDERLO, YO HE PAGADO SIEMPRE LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO. PREDIO, ETC. Y ACUDI AL  CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA PERO SE NEGO A PRESENTARSE.  A DONDE PUEDO ACUDIR O QUE DEBO HACER PARA QUE LO OBLIGUEN A VENDER Y OBEDESCA LA ORDEN DEL JUEZ DE LIQUIDAR LA SOCIEDAD CONYUGAL. MUCHAS GRACIAS. CORDIALES SALUDOS.   

           

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3928

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Dentro del expediente de divorcio necesario, debe promover un incidente de ejecución de sentencia para liquidar la sociedad conyugal.

    Para ello, primeramente debe buscar los datos con los que el expediente se fue al Archivo Judicial, pues por el tiempo, ya no estará en el Juzgado.

    Una vez que sea remitido del Archivo, deberán notificarse ambas partes en forma personal de la llegada de los autos.

    Usted puede darse por notificada y a su esposo, lo tienen que notificar enel domicilio que haya señalado para oír y recibir notificaciones.

    Posteriormente ya podrá iniciar el incidente que comenté en supralíneas.

    Para lo anterior, requiere asístirse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar, ya sea particular o de oficio.

    Suerte!



  • Autor
    Respuesta No: 3929

  • Lic Manuel Mc
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    TIENE QUE SOLICITAR LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA EN EL JUZGADO QUE DICTÓ LA MISMA

    RESPECTO DEL ABANDONO, SE TIENE QUE QUERELLAR POR EL ABANDONO DE PERSONA

    SI USTED GUSTA PUEDE LLEVARLE SU CASO, ES FORZOSO ABOGADO PARA ESTOS CASOS. SALUDOS

    MI NÚMERO DE TELEFONO 5516465437 Y 7641058687

    FACEBOOK Corporativo Jurídico Carmona & Asociados puede hacer sus preguntas sin ningún costo.

    saludos



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