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POSESIòN DE BUENA O MALA FE?

  • Consulta : 3477
  • Autor : ixoyeve
  • Publicado : 2012-07-22 18:46 desde la IP: 189.137.45.199
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,451
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  • Autor
    Consulta

  • ixoyeve
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

     

    Buen dìa, mi tìa falleciò y dejò una casa intestada, los familiares cercanos entraron en pleito y nadie habitò la casa ni se pagaron los impuestos correspondientes, es decir se deben 10 años de predial y agua. Todos viviamos en provincia, asì que descuidamos por completo la casa, ahora que estamos interesados poner al corriente el inmueble, resulta que hay gente adentro. La señora que vive ahì dice que lleva 7 años en posesiòn de la casa, me mostrò un contrato de compraventa y por lo que me dijo un abogado la persona desconocìa que estaba en pleito. Al parecer alguien se hizo pasar por dueño de la casa y le vendiò a buen precio, el asunto es que no ha pagado agua ni predial porque no tiene dinero para poner al corriente y no sabìa el adeudo que tenìa la casa.

    Por otra parte no està dispuesta a perder su dinero que pago por la compra, pero su contrato no està ante notario pùblico, y solicitarà el juicio de usucapiòn en caso de que no proceda el contrato. Hay forma de recuperar la casa o ya le corresponde por ley.

    La casa sigue a nombre de mi tìa pero en internet no aparece el nombre de quien contratò el agua.

    Que podemos hacer para sacarla y obtener descuento en predial y agua?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3822

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primero tienen que hacer la denuncia sucesoria intestamentaria a bienes de su tía y una vez que haya sido nombrado el albacea, y éste haya aceptado y protestado el cargo, pedir se expidan copias certificadas tanto de la declaratoria de herederos, como de la aceptación del cargo.

    Con dicha personalidad (representante de la sucesión) promover unos medios preparatorios para conocer la calidad con que se ostenta la poseedora del inmueble.

    Posteriormente y dependiendo de la calidad que refiera la señora, tendrán que  promover un juicio reivindicatorio o terminación de comodato o arrendamiento para recuperar la posesión del inmueble.

    Asístanse de Lic. en Derecho especialista en materia civil.

    Suerte!



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