Estado de Referencia: Aguascalientes
Buen día foristas de México legal.
Tengo una duda sobre los títulos ejidatarios, ojala me la puedan aclarar.
En un pequeño poblado de puebla, una “x” persona tiene a su nombre el titulo ejidal y esta como sucesorio el hijo de la “x” persona. La persona “x” vende el ejido, entregándole al comprador el titulo ejidal y firmando un documento que a la fecha se desconoce. La firma y la entrega del titulo, no se realizo ante algún notario o autoridad competente. Tendrá alguna validez este acto? Y si el ejido no esta siendo utilizado, hay forma de que algún tercero se apodere de el? Si la firma de la venta del ejido la realiza un tercero que no tiene ningún derecho, tendrá alguna penalidad? se le debe solicitar la autorizacion al hijo por ser sucesorio?
Les agradeceré mucho la orientación y/o información que puedan dar.
Saludos y muchas gracias!