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SOBRESEIMIENTO CONFIRMADO.

  • Consulta : 3377
  • Autor : Xena
  • Publicado : 2012-07-05 14:19 desde la IP: 201.124.233.217
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  • Autor
    Consulta

  • Xena
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buena tardes abogados.

    Quisiera me ayudaran porque estoy confundida.

    Inicie un juicio reinvindicatorio civil, el cuál gané en sentencia distada por el a quo en primera instancia, posteriorme por el a quem en segunda instancia, sobreseida por el Juez de Distrito y confirmada hasta hace poco por Colegiados de Circuito.

    Bueno, mi confusión es que la persona que demandé se desapareció después de perder la apelación, no se amparo, pero por medio de  su esposa se inicio un  juicio de garantías, lo que concluyó con el sobreseimiento, pero pidio revisión y nuevamente conformaron y sobreseyeron.

    Existe el recurso de queja y reclamación, pero tengo entendido que esto tiene un término de 5 días. El pasado 5/06/12, se confirmo de sobreseido el amparo en revisión.

    Ahora bien. La persona que demandé aparece nuevamente solicitando copias certificadas, y creo que algo intenta hacer. Me he pronunciado ante el Juez que conocio inicialmente la demanda para manisfestar mi incorformidad de que le den copias toda vez que este tipo desaparecio y perdió su oportunidad para hacer valer lo que a su derecho conviniera...por ello me metio a su esposa, pero ni así lograron algo. Me he pronuncia ante el mismo Juez, advirtiéndole que este tipo intenta seguir retresando la resolición del asunto interponiendo recursos y que no sea lanzado, y que esto tiene un castigo según el artículo 81. de la Ley de Amparo.

    Bueno, yo lo que quisiera saber es si, me pueden seguir retrasando toda vez que el pasado 5/06/12, se confirmó el amparo en revisión y corren según la ley de amparo en su artículo  97, " cinco días siguientes en que surta sus efectos la notificación de la resolución recurrida. No hay notificación de intento de queja, estamos ya a casi un mes 5/07/012, y aún no regresa al juzgado de origen, ¿Esto a qué se debe?

    Y por último, ¿ puede nuevamente apeceren el original demandado a imponer juicio de garantías o su esposa seguir actuando con queja y reclamación, ambos como recursos del amparo?. ¿ Me hago a la idea de que me voy a tardar todavía o sólo tengo paciencia? ¿Cuántas veces más me van a retrasar y en qué momento la ley actua para dar definitividad a la resolución de mi asunto?

     

    POR SU ATENCIÓN, MUCHÍSIMAS GRACIAS.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3646

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El término para que el demandado original pueda interponer un amparo ya transcurrió, así que de interponerlo, sería improcedente.

    Entre más apurada estés en que ya quieres que se salgan y cuentes los días y las semanas que van transcurriendo, más se va a complicar tu asunto.

    El Juez que conoce del asunto, no puede negar la expedición de copias certificadas a ninguna de las partes.

    Lo que hagan o dejen de hacer tus contrarios, no lo puedes adivinar.

    Existen miles de triquiñuelas para alargar y alargar los asuntos, así que en esta Sala, no tenemos facultades extrasensoriales para saber cuál de ellas puedan interponer.

    Pero también existe la posibilidad de que ya no inviertan más dinero y en la ejecución de sentencia obtengas la posesión de tu inmueble más rápido de lo que te imaginas.

    Deja que tu abogado haga las cosas, por más que leas y cuestiones, no tienes los conocimientos ni la experiencia para entender el proceso legal, no porque seas tonta o ignorante, sino porque hay personas que aún terminando la Licenciatura en Derecho, si no han litigado y tienen practica, no saben como solucionar o promover un juicio.

    Al parecer tu abogado está actuando bien, sólo ten paciencia y deja que transcurran las cosas, no te presiones, ni sales tu asunto, presionando tanto.

    Todo tiene un porqué... ya ganaste, sólo es cuestión de tiempo... tú tranquila y verás que todo se solucionará pronto.

    Suerte!



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