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DEMANDA AL IFREM O PARTICULAR

  • Consulta : 3237
  • Autor : BETROHER
  • Publicado : 2012-06-11 19:38 desde la IP: 189.145.39.67
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,464
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  • Autor
    Consulta

  • BETROHER
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola, buenas tardes, solicito el invaluable apoyo de abogados con experiencia, recién he comenzado a litigar.

     

    ANTECEDENTES.

    El Instituto de la Función Registral en el Estado de México (IFREM), realizó la inscripción de un contrato de compraventa muy dudoso en el cual no se precisa el origen de la propiedad del inmueble a litigio, resulta ser que en el 2008 se comenzaron diversas actuaciones legales porque al querer entrar en la propiedad apareció un dueño que se escudó en la clave catastral que le asignó el catastro municipal, posterior a un juicio administrativo en sentencia se resolvió que no le asistía derecho se dio de baja la clave más señaló que respecto de los derechos de propiedad no tenía competencia.

    Asimismo, no se pudo acceder al inmueble y en ese mismo año esa persona solicitó a rinscripción el Registro Público, misma que con toda arbitrariedad e ilegalidad se le concedió con un contrato de compraventa sin ratificación de firmas ni los comprobantes de pago por traslado de dominio.

    Ahora bien, en 2010, se inicia en contra de dicha persona un juicio reivindicatorio mismo que fue mal llevado, se tardó más de un año para notificar  a la contraparte, no se objetaron pruebas y ahora está por cerrarse dicho periodo probatorio.

    CONSULTA

    Con base en la tesis que resuelve que las acciones reivindicatorias y de nulidad no son contradictorias y se pueden ejercer quisiera solicitar la nulidad, pero no sé si sea prudente demandar la nulidad del contrato de compraventa a la par que la cancelación del Registro y por tanto demandar a quien tiene la posesión y al Director del Registro o sólo al Registro con base en el Código Sustantivo del Estado de México.

    Asimismo, no sé el cause legal y las probabilidades de que con la acción reivindicatoria tal y como se ha llevado y donde pretendo ofrecer como prueba superveniente el contrato que les comento, tenga una sentencia favorable, ¿qué opinan?

    La parte que me consulta tiene escritura pública ante notario, sentencia favorable por el catastro y por parte de la Secretaria de Desarrollo Urbano un informe con croquis de que el inmueble en litigio es el mismo.

    Gracias, de antemano.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3503

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En un juicio reivindicatorio, si ambas partes tienen un título de propiedad, el juez fallará a favor del títuto inscrito ante el Registro Público y que sea de fecha cierta.

    No puedes pedir más allá de lo que se planteó en la demanda inicial, como que se cambié la inscripción de la actual persona.

    De igual forma, en el juicio reivindicatorio, el Juez debe declarar la nulidad del contrato privado para el caso de que no existan elementos que acrediten su validez.

    En esta acción, se determinará quién es el propietario y ordenarán la posesión a dicho propietario, pero nada más.

    Posteriormente tendrás que intentar otra acción contra el titular registral por no haber cumplido con los requisitos de Ley para realizar la inscripción o incluso, en la vía administrativa podrías impugnarlo, pero para ello tienes un plazo de 15 días a partir de que conociste dicha irregularidad.

    Es un caso complicado o más bien te lo dieron manoseado y se están complicando...

    Suerte!



  • Autor
    Respuesta No: 3543

  • fjuridico7
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Betroher, que mal que no hayan objetado pruebas, sobre todo la del contrato de compraventa del demandado, pues entonces se entiende que la contraparte lo reconoce como autentico, a pesar de los detalles de anulabilidad que comentas.

    Obviamente que tu cliente cuenta con un título mejor que el de la contraparte, ya que es un documento público, de fecha cierta y con una inscripción de mayor antigüedad; además, por lo que cuentas,  supongo que se identificó debidamente el inmueble a reivindicar  por lo que, considero que tiene probabilidades aún de ganar, digo, al menos la causa de pedir debió de haberse invocado correctamente.

    Claro que se pueden ofrecer pruebas supervenientes, pero no consideres demandar la nulidad de la compraventa del demandado, esa acción ya no la puedes ejercitar, ya que si bien es cierto que las acciones reivindicatoria y  de nulidad no son contradictorias, ello no quiere decir que se pueden ejercitar por separado o de manera superveniente, ya que ambas acciones se debieron ejercitar con la demanda inicial o, al menos, haber objetado dicho documento al contestar las excepciones del demandado.

    En fin, no pierdas la esperanza.



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