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GASTOS DE EMBARAZO Y PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 2995
  • Autor : JPGM
  • Publicado : 2012-05-07 12:06 desde la IP: 187.146.183.147
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,476
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    Consulta

  • JPGM
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Colima

         Hola buen dia, necesito de su asesoría, tenia mi pareja con la cual me iva a casar, estábamos intentando tener hijos pero no salía embarazada, fuimos a la ginecóloga, la cual  me dio tratamiento para embarazarme, y para unos quistes que traia, vivi con mi novio  cerca de 1 mes y medio, en enero quede embarazada y en febrero en una de sus tantas borracheras me dijo que una ves casados me iva a golpear, asi que pensando principalmente en mi y en el estado en el que estoy decidi dejarlo y detener  los planes de boda,  en marzo me dieron la maravillosa noticia que estoy esperando gemelos, le pedi apoyo para los gastos del embarazo a los cuales primero dijo que si, que cada quincena me iva a estar dando dinero, pero hasta ahorita no a cumplido, me dijo también que mejor iva a pedir su cambio a otro estado en su trabajo para no aportar económicamente, dice que ya tiene un  licenciado muy bueno y que este le dijo que no esta obligado a ayudarme con estos gastos, que una vez que mis bebes nascan es cuando tiene que empezar a aportar.el tiene 37 años vive en casa de su mama, no tiene dependientes económicos por lo tanto, todo lo que gana es 100% para sus gastos personales, tiene un trabajo  estable en una empresa de protección reconocida a nivel nacional, en el cual lleva mas de 7 años trabajando ahí, gana 14,000.00 mensuales mas horas extras que mas o menos van de 4 a 5 mensuales, cada quincena  le dan vales de despensa de aproximadamente $1,000.00, mas una dotación de papel higienico y jabones de tocador, asi como reparto de utilidades, caja de ahorro, y aguinaldo  mis dudas son, ¿ es verdad que no tiene que aportar económicamente para los gastos del ambarazo? ¿es necesario que el los registre el, para poder pedir la pension alimenticia o puedo acudir yo sola al registro civil y ponerle los apellidos tanto de el como el mio?, ¿cuanto tiempo tiene que pasar apartir del nacimiento para poner esta demanda?¿ sile dan su cambio en el trabajo hacia otro estado, el se puede deslindar de dar pension? ¿Es verdad que solo lo van a obligar a dar el 20% de su sueldo aunque sean 2 bebes? Pueden ayudarme porfavor, Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3194

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no están casados, NINGÚN JUEZ DEL REGISTRO CIVIL " LE VA A PONER LOS APELLIDOS DEL PADRE"", es decir no le va a otorgar la filiación.

    Para que puedas demandar el aseguramiento y pago de la pensión alimenitcia, tiene que reconocer a los bebés, si no lo hace, tendrás que demandar primero el Reconocimiento de Paternidad, y posteriormente los alimentos.

    La prueba de ADN oscila entre ocho y quince mil pesos y la pagas tu. Mientras no reconozca a los niños como suyos, NO PUEDES OBLIGARLO A NADA ok.



  • Autor
    Respuesta No: 3199

  • rcbeto
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mi consejo es que guardes todos tus recivos desde el chicle que compras hasta las vitaminas que consumes acido folico calcio, los ultrasonidos, los gastos del hospital en donde nascan tus bebes, esto es claro sin factura, puro recivo y si es facturado que sea a tu nombre ya que en su momento pediras el resarcimiento de esto, la prueba de ADN es carisima y todos los gastos al principio todos los tendras que poner tu,si tu estas segura perdon no quiero ofender, de que sison sus hijos, al ganar la demanda se le condenara al pago de gastos y costas, esto es para que no te desiluciones, velo como una invercion, claro que es tardado por que para hacerle la prueba de adn primero tienen que nacer, en razon a la pension por ser dos los infantes podria llegar al 50% y solicitat que otorgue garantia, o tambien lo puedes denunciar por el delito de abandono de persona 



  • Autor
    Respuesta No: 3204

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:  en materia de aliementos jamás hay condena al pago de gastos y costas, como dice el anterior forista. Que por cierto escribe con los pies.

    RECIVOS, INVERCION . Bárbaro!!!



  • Autor
    Respuesta No: 3206

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Aunado a lo que comenta el Lic. Mecino (a quien le mando saludos afectuosos), el padre de los niños no tiene porqué cubrir los gastos del embarazo, toda vez que él no tiene ninguna obligación para contigo, ya que no eres ni su concubina, ni su esposa, así que hasta que nazcan los bebés (en caso de que así suceda) y sean reconocidos como hijos del padre, comienza la obligación de éste para ministrar alimentos.

    En caso de que no los reconociera, tendrías que iniciar el juicio por reconocimiento de paternidad, el cual es costoso por las periciales en genética que se tienen que ofrecer y serán por tu cuenta.

    No pretendo juzgarte, pero lamentablemente tu escogiste que ese fuera el padre de tus hijos y tu eres responsable directa de la situación que estás viviendo, pues al ser mayor de edad, tienes la capacidad de elegir y decidir lo conducente y si sólo tenías mes y medio de vivir con una persona, es irresponsable tomar la decisión de traer unos hijos al mundo que ninguna culpa tienen de las tonterías de sus padres.

    Los hijos se planean y se desean, pero siempre y cuando haya una relación estable, si no fue tu caso, pues atente a las consecuencias y realiza las gestiones jurídicas en representación de tus hijos, pero no esperes más de lo que realmente corresponde...



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