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SE REBAJA EL EMBARGO CON EL DIVORCIO
- Consulta : 2678
- Autor : jesycas
- Publicado : 2012-03-12 17:23 desde la IP: 189.248.178.230
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,458
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 12 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
buenas tardes, me gustaria que me ayudaran
mi esposo se esta divorciando ya estan con las audiencias
ya se les ha citado en 3 ocaciones pero la mujer no se ha presentado
segun nuestro lic, se le multa con 48 salarioa minimos por cada que no fue, y que
segun en la tercera cita como no se presento tampoco, se le ordena un arrestto de 24 horas
dice el lic. que el juez no puede dictar sentencia hasta que la mujer se presente, pero que podria hablar con el para que viera el asunto y que pues mi esposo habia cumplido con todo prubas etc, y que ademas pues a estado llendo a todas las audiencias. que si podria dictar la sentencia ya que pues se estaba demorando mucho el juicio.
segun nos dice el lic. que una vez divorciado el embargo se rebajara al 20% ya que tiene el 40 por que como estan casados pues el tiene la obligacion de darle tambien a ella por el hecho de estar casados. que por eso la señora no se ha querido presentar, por que no le conbiene que se le rebaje el embargo,
me gustaria que me pudieran dar sus comentario.
un saludo.
yessi
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2828
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Marzo de 2012 20:49 2012-03-12 20:49 desde IP: 187.201.70.14
Pues quien sabe de donde es su abogado o qué tipo de procedimiento está tramitando, pues si están llevando un divorcio necesario y fue legalmente emplazada a juicio la esposa, no tiene porqué demorarse más el asunto, puesto que no es imprescindible su presencia...
Las notificaciones le surten por Boletín Judicial y sólo deberán desahogarse las pruebas ofrecidas por su esposo, siempre y cuando hayan sido debidamente admitidas.
El porcentaje definitivo por concepto de pensión alimenticia se fijará en base a los acreedores alimentarios, si la esposa no trabaja, no podrán reducir el porcentaje decretado favor de ella, sino sólo en el caso de que no necesite los alimentos.
No señala cuántos hijos menores de edad hay, así que es dificil saber que porcentaje aproximado se puede fijar.
De cualquier forma, lo que comenta, no se asemeja a un procedimiento de divorcio necesario, sino más bien, a un procedimiento penal, donde debe comparecer obligatoriamente...
Autor
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AutorRespuesta No: 2990
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Abril de 2012 10:32 2012-04-03 10:32 desde IP: 189.248.164.210
solo tuvieron una niña, que bueno no es de el pero en fin en eso no se puede hacer nada
ella trabaja y ademas tiene un bebe de 7 meses y vive con el papa del bb, me parece que en la casa donde
vivi con mi esposo antes.
en el desahogo de pruebas ella no se presento, solo mi esposo con sus pruebas y sus testigos.
y nos dice el que hasta que ella no se presente no se puede dictar sentencia, el dia de ayer tuvieron otra audiencia a la cual no se volvio a presentar
no sabemos si el arresto ya lo harian ni sabemos como corroborarlo, yo creo por la logica que pues las cosas favorecen a mi esposo, ya vamos a cumplir un año con esta demanda y aun no hemos visto claro..no se me hace justo estar esperando mucho tiempo y hasta que a la vieja esa se le de su gana de ir..
Gracias por su tiempo..
saludos
buen dia!
Autor
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AutorRespuesta No: 2993
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Abril de 2012 16:30 2012-04-03 16:30 desde IP: 187.194.104.146
sra. Jessica la lic. ilianave te asesoro bien, deberias de preguntarle bien a tu abogado que lleva el caso, por que un procedimiento CIVIL no es necesario que la persona a la que estas demandando este presente, al contrario si ella no sea presentado es mejor para su caso, ahora bien, por lo que te acabo de comentar sí se puede dictar sentencia aunque la persona demandada no se presente pues a ella se le notificara atravez de los estrados de los juzgados. te recomiendo que se asesoren con otro abogado. Suerte
Autor
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AutorRespuesta No: 2994
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Abril de 2012 16:35 2012-04-03 16:35 desde IP: 187.194.104.146
por lo que respecta a la pension alimenticia, al momeno de que la ex de tu esposo se caso nuevamente y sobre todo por que ella esta trabajando se le puede cancelar la pension en forma definitiva a ella mas no asi a su hijo
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Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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