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PENSION ALIMENTICIA, PROCESO DE NOTIFICACION

  • Consulta : 2574
  • Autor : karen123
  • Publicado : 2012-02-13 17:32 desde la IP: 189.173.35.168
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,477
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  • Autor
    Consulta

  • karen123
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    buen dia estimados abogados, solo para ver si me podrian ayudar con una duda, yo soy estudiante de derecho y una amiga de escasos recursos me esta pidiendo la ayude con una demanda de pension alimenticia, la cual ya elabore,  PERO MI DUDA es que el padre de sus hijos actualmente vive en otra ciudad (GUAYMAS, SONORA) del mismo estado, para que sea notificado de dicha demanda tengo que interponer alguna promosion para que le sea notificado en la ciudad donde reside el padre o en la misma demanda lo solicito? o lo puedo mandar notificar  donde establasieron su domicilio conyugal(que es en la ciudad HERMOSILLO, SON. que es la ciudad donde reside la madre con sus hijos pero en dicho domicilio actualmente solo viven los padres del demandado ) y por ultimo tendria que yo llevar al actuario a notificar al padre en caso de tener que ser notificado en guaymas o ellos  por oficio o peticion lo realizan ??  

    agradeseria mucho si alguien me pudiese  aclarar  estas  dudas ya que es para ayudar a alguien de escasos recursos en donde yo no busco obtener nada a cambio $$

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2680

  • mafa
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en la misma demanda tienes señalar el domicilio y ciudad donde puede ser emplazado, despues debe de giar un exhorto a su similar de la ciudad donde queda el domicilio que tu señalaste y no es necesario que tu te presentes con el actuario pues ellos lo realizan solo. hagala y te sirva





  • Autor
    Respuesta No: 2682

  • karen123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    muchas gracias mafa  por haberse tomado la molestia, me han sido de gran ayuda sus consejos, 



  • Autor
    Respuesta No: 2683

  • despacho juridic
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    complementando las anteriores respuestas, en la practica se da al emplazar o notificar via exhorto, es que necesariamente tienes que ir a

    la ciudad donde se mando el exhorto para que lo diligencies, es decir la parte actora tiene que realizar los actos tendientes para llevar a cabo

    la notificacion o emplazamiento, pues de oficio no creo que la autoridad lo haga....saludos



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