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PATRIMONIO DE LO FAMILIAR

  • Consulta : 2394
  • Autor : LauraV
  • Publicado : 2012-01-11 21:15 desde la IP: 189.177.114.163
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,473
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  • Autor
    Consulta

  • LauraV
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Buenas Noches: Solicito su orientación... Mi pregunta es: Si al inscribir mi Casa en una Constitución de Patrimonio de lo Familiar la puedo proteger de un posible embargo del resultado de un Juicio Laboral en mi contra?  Muchas Gracias... Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2493

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si, siempre y cuándo la constitución del patrimonio sea anterior al adeudo, ó a la prestación reclamada.

    Si es posterior, te lo pueden tumbar , por quedar en insolvencia en perjuicio de acreedores.

    Y si tienes más bienes, se van sobre ellos.

    Antes de hacer algo, visita a un abogado.



  • Autor
    Respuesta No: 2496

  • LauraV
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas Gracias Por su contestación.

    Todavía no sale el laudo a favor de quien me demandó entonces estoy a tiempo?....Saludos y otra vez Gracias



  • Autor
    Respuesta No: 2499

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, ya que en este caso, el crédito ó la prestación exigida  es anterior a la fecha en que se haga la constitución del patrimonio familiar.



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