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RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD DESPUES DE 19 AñOS
- Consulta : 2139
- Autor : Stephanie111
- Publicado : 2011-10-28 20:46 desde la IP: 187.175.2.242
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,468
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 28 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Tabasco
Hola, yo tengo 19 años, mi padre no me reconocio, y no tenia contacto con el hasta hace unos 3 años, jamas lo he visto, no lo conosco, aveces me da dinero, me deposita en el banco y cosas asi pero esporadicamente, que debo hacer? Puedo demandarlo por paternidad? Mi mama impuso una demanda pero la detubo por cuestiones ajenas a nosotros, ya que el le argumento que su mama esttaba enferma y qe se habia enterado de esto y se sintio mal etc, entonces por considerancion a ella mi mama no le dio seguimiento, pero la verdad el promete cosas y no cumple y a mi me molesta, no contar con ese apoyo, ya que el formo una familia despues de que yo naci y les da todas las comodidades y yo creo que debe ser si no equitativo por lo menos ser responsable y formal, ya que el es una persona que esta bien economicamente y cuenta con muchos recursos, tiene mucho dinero, y yo no le exiijo mucho mas que para mis cosas personales y lo minimo pero nisiquiera es asi, que puedo hacer? AYUDENME PORFAVOR!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2215
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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Octubre de 2011 22:52 2011-10-28 22:52 desde IP: 187.145.209.180
Creo que lo que pretendes es que te padre te otorgue una pensión alimenticia.
Primero, tienes que demandarle el reconocimiento de paaternidad, y solictar como prestación accesoria el aseguramiento y pago de una pensión alimenticia. Para que tu juicio prospere ( el de reconocimiento de paternidad ), debes ofrecer la prueba pericial de ADN, para comprobar la filiación; dicha prueba la pagas tu, y cuesta entre 6 y 12 mil pesos dependiendo del lugar en donde te encuentres, sin esa prueba no hay reconocimiento , ni mucho menos pensión alimenticia.
Ten en cuenta que, la pensión alimenticia procede una vez que hayas acreditado la filiación, y la pensión en tu caso solo opera, si reunes estos requistos : sigues estudiando en un grado acorde a tu edad, estes soltera, no tengas hijos, ni te unas en concubinato,y no trabajes, si caes en alguno de estos supuestos, no te van a otorgar la pensión alimenticia, además, de que, por disposición de la corte, la pensión cesa cuando hayas cumplido 25 años, o cuando termines tus estudios superiores.
Así pues, valora las cosas, porque tienes que pagar abogado, más la prueba de ADN, siempre y cuando cumplas con los réquisitos que te mencione líneas atrás.
Autor
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AutorRespuesta No: 2227
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Noviembre de 2011 12:51 2011-11-01 12:51 desde IP: 189.145.192.254
Buen dia el juicio que se debe de hacer es un juicio de onvestigación de paternidad ofreciendo como lo dijo el abogado que contesto este mensaje, la prueba de adn, no es procedente un juicio de reconocimiento de hijo, toda vez que el que tiene el derecho de hacerlo es el padre y si bien no lo ha hecho es posible que no quiera reconocerlo.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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