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SENTENCIA JUDICIAL POR ENCIMA....

  • Consulta : 1811
  • Autor : liz.sanvicente
  • Publicado : 2011-08-09 18:36 desde la IP: 189.137.151.125
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  • liz.sanvicente
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    tengo una demanda en que el apoderado o mandatario  presenta un acta  de la Asamblea General de Asociados que carece de Orden del día  en que las descisiones  no corresponden ni a   los asuntos que conforme el artículo 2676 debe resolver la asamblea, tampoco  se lleva acabao siguiendo ninguno de los estatutos como lo marca el articulo 2674 que deben regirse, ni respeto los estutos fijados  para el Patronato  y el Director General, además de cometer errores  en las revocaciones de designaciones  de personas que es el unico asunto acordado en la misma.

    Sin embargo el juez civil que atendio la demanda acepto el acta  en esas condiciones habiendo señalado por nuestra parte que el representante legal nombrado en esa Asamblea carece de personalidad y validez juridica el unico argumento del juez ha sido que la asamblea de asociados es  el poder supremo  de la asociación  y que por ello  todo lo que disponga debe aceptarse este criterio ha sido sostenido por los magistrados de  los diversos tribunales superiores a los que hemos acudido, mi duda es  si el criterio efectivamente es valido o hay elementos para  llevarlo  a algun tribunal superiror.

     

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