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MATRIMONIO

  • Consulta : 1586
  • Autor : jrodriguez1982
  • Publicado : 2011-06-27 17:48 desde la IP: 201.147.148.114
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,492
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  • Autor
    Consulta

  • jrodriguez1982
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    el registro civil se puede dar cuenta si quieres contraer nupcias si ya estas casado con otra persona, al momento que se lleva acabo el tramite y te lo menciona, o simplemente no te dice nada hasta el dia de la celebracion, o no te dice nada y puedes celebrar el tramite

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1509

  • Arellano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En teoría, se supone que la oficialía del R.C., de donde te casas te solicita para el efecto una copia certificada reciente de tu Acta de Nacimiento, para efectos de dar trámite a la Solicitud de matrimonio presentada, la razón por virtud de la cual te dán una fecha dentro de su Agenda para llevar a cabo el acto jurídico, comunmente conocido como ceremonia Oficial de Enlace Matrimonial, debe reunirse cierto protocolo para efectos de determinar si eres o no susceptible de contraer nupcias, por ende, una vez que el Registro Civil donde pretendes contraer nupcias reúne los requisitos que en derecho se te exigen, determina si te casa o no, OJO, la Oficialia que expide tu Acta de Nacimiento le avisa de Oficio al lugar donde pretendes casarte si ya eres casado, fecha de matrimonio y hasta el nombre de la esposa, SI ESTE ES TU CASO, mejor inicia tu Juicio de Divorcio necesario por la causal que corresponda y evitate complicaciones legales, LA BIGAMIA ES UN DELITO, se sanciona con penas corporales, es decir CARCEL.



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