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PERDIDA DE LA PATRIA PROTESTAD

  • Consulta : 1521
  • Autor : Joselito Yañez
  • Publicado : 2011-06-16 21:05 desde la IP: 187.152.14.108
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,468
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  • Autor
    Consulta

  • Joselito Yañez
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas Noches:

    En mi juicio de divorcio el juez determinó una pensión alimenticia del 20% de mis ingresos que serian descontados por la nomina despues de que se giro un oficio a nombre de la empresa. Esta pensión fue cobrada sin problemas por un año, sin embargo la empresa donde trabajaba fue comprada por otra más grande y los abogados me comentaron que mi ex-esposa tenia que realizar un nuevo tramite para que el juez le expidiera otro oficio con el nombre de la empresa y asi poder realizar el descuento como se venia haciendo. Ya han pasado 9 meses y ella no ha realizado el tramite, mi preocupación es que dicen que con dejar de dar la pensión por 90 dias uno pierde la patria protestad de mi hija. ¿Que debo hacer?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1449

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para que no incurras en ese supuesto, tienes que consignar el pago de la pensión alimenticia, por medio de un Billete de Depósito que compras en Nacional Financiera, ingresas una promoción al jzugado y listo, asesorate de un abogado, es un trámite sencillo.



  • Autor
    Respuesta No: 1456

  • Joselito Yañez
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias abogado, así lo haré. Sin embargo, mi temor es en el supuesto caso de que ella haya iniciado el tramite para que yo pierda la patria protestad de mi hija, ¿con la realización de este tramite se puede reviertir el juicio iniciado por ella?; ahora también, ¿acaso ella no tiene la obligación de realizar el tramite y la solicitud de un nuevo oficio con el nombre actualizado de la nueva empresa?



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