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¿ES CAUSAL DE DIVORCIO EL ABORTO SIN CONSENTIMIENTO DE LA PAREJA?
- Consulta : 1431
- Autor : VICTOR COTA
- Publicado : 2011-06-02 11:00 desde la IP: 189.252.21.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,503
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 02 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
EN EL DISTRITO FEDERAL, DEACUERDO A LAS CAUSALES DE DIVORCIO, PROCEDE COMO CAUSAL DE DIVORCIO EL ABORTO SIN CONSENTIMIENTO DE LA PAREJA Y QUE LEY LO FUNDAMENTA, O COMO PROCEDER EN DICHO CASO.
GRACIAS DE ANTEMANO A ESTE FORO POR LA MARAVILLOSA INFORMACION QUE SE LE ATIENDE A LAS DUDAS DE LAS PERSONAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1378
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Junio de 2011 14:06 2011-06-02 14:06 desde IP: 189.146.29.240
En el DF ya no hay causales, para divorciarse únicamente será necesario presentar ante el juez de lo familiar, por ambos o uno solo de los cónyuges, la solicitud de divorcio, siempre y cuando haya transcurrido mínimo un año desde que se casaron.
Esta solicitud deberá ser acompañada de un convenio, en el que se deberá prever lo siguiente:
Guardia y custodia de los hijos, derecho de visitas del otro cónyuge;
La forma en que se darán los alimentos;
Uso del domicilio conyugal y menaje;
La administración de los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide; y,
En el régimen de separación de bienes, la compensación que se dará al cónyuge que se haya dedicado al hogar durante el matrimonio, o que no haya adquirido bienes o habiéndolos adquirido sean menores a los de su contraparte.
En la contestación de la demanda, el contrayente demandado, podrá manifestar su conformidad con el convenio o presentar su propuesta del mismo.
Si ambos están de acuerdo respecto del convenio, el Juez lo aprobará de plano, decretando el divorcio mediante sentencia. Si las partes no están de acuerdo, se decreta el divorcio y por la vía incidental se resolverá el contenido del convenio.
Decretado el divorcio, las partes están en entera libertad de contraer matrimonio, es decir, ya no existe plazo para contraer un nuevo matrimonio. Es decir, se deja de lado una de las partes desgastantes del divorcio, que era probar la causal del mismo, para centrarse en la controversia que implica repartir los bienes del matrimonio, el monto de la pensión y la guarda y custodia de los hijos.
Estas reformas solo aplican en el D.F. ya sea porque los cónyuges tengan ahí su domicilio conyugal o porque hayan contraído matrimonio en alguna delegación de la Ciudad de México. Espero te sea de utilidad la respuesta. Saludos
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
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y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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