Sala Civil



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

CUSTODIA A LOS ABUELOS? DEFENSA DEL PADRE?

  • Consulta : 1366
  • Autor : karla98
  • Publicado : 2011-05-20 17:41 desde la IP: 93.22.220.143
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,432
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • karla98
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buen dia,

    Espero que alguien pueda ayudarme : un primo ha recibido la demanda de divorcio, ya no vive con su esposa desde hace 6 meses. Tienen una hija y él ha seguido comprando lo que la bebe necesite : leche, panales, ropa, etc. La edad de ambos es de 23, él trabajaba y ahora ha retomado los estudios. La que lo apoya economicamente es mi tia (su mama).

    La ex no trabaja y siempre se la pasa pidiendo dinero, mismo que no usa para su hija (la bebé esta desnutrida, siempre enfermita, tiene casi 20 meses pero no camina y ni dientes tiene), se gasta todo en ropa para ella y en salidas con sus amigas. Mi primo no le da mucho efectivo porque ella he tenido problemas de drogas. En venganza ella lo fue a acusar de ser él el drogadito y que no la apoya con la manutencion de su hija, no lo deja ver a la nena, pide el divorcio, la custodia y pension alimenticia. Ella sabe que la ley simpre defiende a la mujer y no al hombre.

    A mi primo lo va a defender el DIF, estan juntando las pruebas para demostrar que ella es quien miente y quien tiene problemas de adiccion, y que él no esta en posibilidad de dar pension porque es estudiante. El espera que la custodia sea dada a mi tia (abuela de la nena).

    Dos preguntas :

    1. es posible que sea la abuela quien gane la custodia?
    2. los recibos de lo que se le ha comprado a la bebe (ropita, comida...) sirven de prueba para demostrar que mi primo siempre ha contribuido a la manutencion? La abogada del DIF dice que no pero queremos confirmar la informacion.

    Muchas gracias por su ayuda, es dificil encontrar este tipo de informacion.

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.