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STATUS PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 966
- Autor : LuisNunez
- Publicado : 2011-03-02 13:59 desde la IP: 189.152.0.19
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,501
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Nuevo León
Saludos, el siguiente correo es debido a que yo me divorcie a mediados del año pasado (2010) y lo que se desprendio del convenio fue una pension mensual de 4000 pesos para nuestro único hijo de dos años y medio actualmente la cual se ha cumplido con puntualidad, el pasado mes de febrero 2011 mi ex esposa quién es con quien el menor vivia en casa de los padres de ella fallecio. A partir de ese día el menor ahora vive conmigo su Padre y su abuela materna, visita casi diario sus abuelos ya que estaba muy acostumbrado a ellos, pero definitivamente el menor ya ahora vive con su padre, mi duda es que pasa con la pensión? Se extingue en automatico? Debo dar parte al juzgado? Yo he pensando hablar con los papas de mi ex decirles que si van a convivir seguido con el menor puedo darles una cantidad pues obviamente mucho menor ya que yo ahora correre con todos los gastos.
Que pasa en esa situación? Independientemente de la pensión yo pago su Kinder seguro se gastos medicos y consultas.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1029
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2011 15:08 2011-03-02 15:08 desde IP: 189.137.111.72
Consultante:
Usted pude a través de un incidente solicitar la cancelación de la pensión alimenticia, dado que el menor; ya vivie con usted, y le proporciona todo lo necesarioi para vivir.
Asistase de un Abogado.
Autor
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AutorRespuesta No: 1044
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Marzo de 2011 13:49 2011-03-04 13:49 desde IP: 201.137.2.70
buenas tardes; realmente no tiene por que segur vigente la pension, al incorporar a los acreedores alimenticios (en este caso su hijo) al hogar del deudor , la obligacion de segur suministrando la pension por medio de retenciones o descuentos debe ser cancelada; esto se realiza por conducto de un tramite llamado incidente; ahora bien, si la pension a que esta obligado le es retenida por su patron, es necesario tramitar ante el juzgado la cancelacion de pension para que éste le dé nuevamente integro su sueldo; otra posibilidad es que la pension a que usted esta obligado la venga depositando en el juzgado, en este supuesto, puede dejar de hacerlo ya que como lo hemos mencionado usted ha incorporado al menor a su lado y no tendría que acarrear mayor problema.
espero le sea de utilidad la informacion
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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