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PROCEDIMIENTO ESPECIAL JUICIOS INTESTAMENTARIO

  • Consulta : 857
  • Autor : Laura F.
  • Publicado : 2011-02-11 01:52 desde la IP: 189.181.241.197
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,504
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  • Autor
    Consulta

  • Laura F.
    ABOGADO LABORAL

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Por favor, necesito asesoría sobre el procedimiento especial en juicio intestamentario a que se refiere el artículo 815 bis, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal:

    - ¿en qué consiste?

    - ¿hace más corto el procedimiento?

    - ¿en qué etapa del juicio debo solicitarlo?

    - ¿que antecedentes deben cubrirse o darse para solicitar al Juez dicho procedimiento?

     

    Mil gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1001

  • Asesores Prof
    ABOGADO CIVIL


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  • Autor
    Respuesta No: 1003

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


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    Consultante:

    Es un procedimiento especial y opera siempre que los presuntos herederos  ab intestato, sean mayores de edad, y no exista controversia alguna. El proceso se acorta considerablemente.

    Al denunciar el intestado, presentas los documentos a que hace referencia el art. 815 ter. Si tienes más dudas, en mi oficia virtual, estan mis datos, te ayudo.

    suerte-



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