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AGRAVIO

  • Consulta : 477
  • Autor : JOSEFLORESL
  • Publicado : 2011-10-29 20:50 desde la IP: 187.160.79.148
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • JOSEFLORESL
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    QUE AGRAVIO PODRIA PONER Y FUNDAMENTO EN JUICIO DE NULIDAD Y DIGO JUICIO DE NULIDAD

    POR QUE YA ME CONFIRMO LA AUTORIDAD EL CREDITO FISCAL EN EL RECURSO DE REVOCACION

    DE UNA MULTA POR NO HABER PRESENTADO LA DEC. DE:

    PAGO PROVICINAL MENSUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERSONAS FISICAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES ENERO 2011

    DECLARACION DEL PAGO MENSUAL DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ENERO 2011

    PAGO PROVISIONAL MENSUAL DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA ENERO 2011

     

    SE NOTIFICO PREVIO CITATORIO SE FIRMO AUTOGRAFAMENTE EL REQUERIMIENTO Y LA MULTA

     

    MUCHISISISIMAS

    GRACIASSSSSS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 642

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Con todo respeto, la interposicion de agravios no son recetas de cocina que se pueden aplicar por analogia a todos los casos en que se promueve un juicio de nulidad.

    Di ahi deriva la experticia de cada abogado y su vision respecto a la forma de resolver un asunto, usted debera de analizar todos y cada uno de los documentos que obren en su poder para poder determinar si cumplen lo establecido en ley, si el procedimeinto que practico la autoridad se ajusta a la norma, hay mi detalles que observar y con los cuales se puede lograr la nulidad del acto, pareciera simple pero no lo es tanto.

    Por regla se invocan los articulos 14 y 16 constitucionales, pero no es invocarlos lo que le dara la razon, sera su razonamiento logico juridico lo que lograra crear conviccion en el magistrado de ahi que se requiere mas que un formato o una idea, se requiere conocer la materia, los criterios, el tema, y sobre todo laley todo esta en los ordenamientos.

    Decirle a usted que agravio interponer es una utopia ya que se requiere conocer el caso concreto tener los documentos a la vista hacer el estudio de fondo, por ello le recomiendo que si carece de la experiecnia en la materia se acerque a los profesores de su facultad para que de viva voz le exponga el caso y con documentos en mano le indiquen la mejor via.

    Tenga tambien presente usted que a partir del 8 de agosto de este año las reglas en el juicio de nulidad federal cambiaron asi que mucho ojo, ya tenemos juicio ordinario, sumario y en linea y cada uno tiene sus particularidades.

    Salvo la mejor opinion de los ilustres abogados que en este foro aporta.

    Saludos cordiales.



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