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  • Consulta : 286346
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 400216

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted contaba con quince días a partir del acta entrega recepción para objetar cualquier anomalía, entendiéndose diferencias de inventario y dar aviso a su superior y al órgano interno de control. Si no hizo nada se entiende que es Usted el responsable directo, pero tiene derecho a ofrecer pruebas y defenderse en el procedimiento sancionatorio, pero requiere de abogado especialista en la materia, no coyote, tinterillo o todólogo.