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AutorRespuesta No: 400216
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Noviembre de 2019 20:24 2019-11-06 20:24 desde IP: 189.217.122.102
Usted contaba con quince días a partir del acta entrega recepción para objetar cualquier anomalía, entendiéndose diferencias de inventario y dar aviso a su superior y al órgano interno de control. Si no hizo nada se entiende que es Usted el responsable directo, pero tiene derecho a ofrecer pruebas y defenderse en el procedimiento sancionatorio, pero requiere de abogado especialista en la materia, no coyote, tinterillo o todólogo.
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