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  • Consulta : 285777
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 399597

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    domingueztp:

    Usted y sus hermanos tienen todas las posibilidades de ganar no solamente un juicio sino también una indemnización que deban pagar los delincuentes que supuestamente representa la abogada de su consulta.

    En efecto, la tal dizque abogada nunca ha acreditado que efectivamente represente a los supuestos compradores, y de cualesquier manera, quien haya realizado la construcción cometió o cometieron el delito de despojo porque construyeron en terreno ajeno.

    En este punto conviene hacerle saber a usted que todos los códigos civiles de la República Mexicana establecen que “en contra de la ley es inadmisible alegar que se desconocía”.

    Antes de tratar el tema específico de la construcción, es pertinente destacar que el albacea carece de facultades legales para vender el terreno, a menos que el juez autorice la venta y para ello el juez consulta a los demás herederos, de tal manera que si es inexistente un acuerdo de los herederos, el juez desecha la solicitud de venta, de tal manera que los supuestos compradores actuaron en contra del derecho y tienen responsabilidad tanto civil como penal.

    Cuando sucede un asunto como el que tratamos, el Código Civil establece la regla de que el constructor queda obligado a demoler la obra y dejar el terreno como estaba antes de su “gracia”, o de comprar obligatoriamente el terreno.

    Pero al mismo tiempo que los constructores incurrieron en responsabilidad civil, también cometieron el delito de despojo, cuenta habida que el albacea carecía de facultades legales para entregarles el terreno, y esta circunstancia la conocían en virtud de que, como ya antes le informé, nadie puede alegar que desconoce la ley, y menos aún cuando existe una persona que les asesora y se ostenta como abogada.

    Claro está que puedo seguir escribiendo mucho más acerca de que usted y sus hermanos tienen todos los derechos y pueden demandar a los supuestos compradores, pero para facilitarle las cosas, le sugiero que antes de nada acuda con el agente del Ministerio Público del domicilio donde se ubica el inmueble y formule querella por el delito de despojo y/o delito de fraude cometido en agravio del patrimonio del haber hereditario, aunque en este caso su hermano albacea deberá comparecer para ratificar la querella por ser el representante legal de la herencia, y debe alegar que aceptó que los promitentes compradores entraran al terreno pero que en ningún momento los autorizó a construir, así que les han ocasionado múltiples daños y perjuicios por low que les deben indemnizar.