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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Enero de 2019 20:14 2019-01-16 20:14 desde IP: 189.180.193.21
la ley al respecto es muy clara... según el estado de la república en el que se encuentra... podrá promover el juicio de desconocimiento de paternidad... claro... eso siempre... que proceda,,, claro que no... ya que este es procedente por ley dentro de los sesenta días en unos estados y en otros dentro de los ciento ochenta días... contados de la fecha del reconocimiento... pero... si ella demuestra el acto falsario con el que se ostenta... la acta de matrimonio y el juicio de divorcio... estos... no impiden el concubinato... aun cuando no se hubiera ido al registro civil... y claro que procede la acción penal...en la que te fue muy bien si fue por violencia intrafamiliar... porque alguien con medio gramo de cerebro... lo hubiera hecho por probables hechos constitutivos de delito y enmarcando la tentativa de homicidio... y ahí no te salva nada...
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