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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Enero de 2019 16:49 2019-01-10 16:49 desde IP: 187.202.201.3
Es la acción de venta de cosa común, no es jurisdicción voluntaria, sino una controversia del orden civil. Recomiendo iniciar esta acción y una vez comenzado el juicio tratar de negociar con el copropietario, pues una venta judicial siempre termina en un precio castigado en perjuicio de todos los copropietarios. Suerte.
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