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  • Consulta : 285201
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 399045

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rosamariacarino:

    ¿¡¿Cómo es eso de “escritura privada ante el municipio” (SIC)?!?

    En primerísimo lugar querrá decir “ante el Ayuntamiento Municipal”, y entonces viene siendo un documento público por ser expedido por una autoridad en funciones y, en este caso, es una escritura pública.

    Al respecto le hago saber que existen legislaciones como por ejemplo en el Estado de México, que establecen que ciertos inmuebles de valor inferior a las cantidades que la misma ley establece, se pueden vender mediante convenio celebrado ante una autoridad, como por ejemplo el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, de manera que se evita el gasto de lo que cobra un Notario Público en beneficio de las partes del contrato y en atención a que se trata de inmuebles de un valor bajo que se compran por gente de menos recursos que quienes compran inmuebles de un mayor valor.